TEPJF rechaza ordenar al INE que investigue la distribución de acordeones

TEPJF rechaza ordenar al INE que investigue la distribución de acordeones

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), rechazó ordenar al Instituto Nacional Electoral (INE) que investigue a Morena y funcionarios de la Ciudad de México por la elaboración y distribución de los llamados “acordeones” durante la elección judicial. 

Con el aval del bloque mayoritario integrado por la magistrada presidenta Mónica Soto Fregoso y los magistrados Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña, la Sala Superior rechazó la impugnación interpuesta por la organización Proyecto Justicia Común, A.C., en contra de la resolución del INE que desechó una queja en contra de Morena y trabajadores del gobierno de la CDMX por la elaboración y distribución de propaganda denominada “operación acordeón”.

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De acuerdo con el proyecto aprobado del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, no se advierten elementos de prueba o indicios sobre la inducción y coacción del voto, uso indebido de recursos públicos y vulneración al principio de equidad en la contienda electoral judicial cometidas por Morena o servidores públicos.

Además, el magistrado afirmó que el INE hizo un análisis preliminar objetivo de los planteamientos y las pruebas ofrecidas, sin que advirtiera indicios suficientes para iniciar una investigación, al tiempo que la organización “omitió señalar las circunstancias de modo, tiempo y lugar, respecto de hechos concretos”.

Al votar en contra de esta determinación, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón señaló que ante los elementos indiciarios, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE debió desplegar mayores actuaciones de investigación y no sólo quedarse en un nivel de investigación preliminar para desechar de plano la denuncia, por la falta de pruebas.

Y es que recordó que esta queja deriva de una investigación periodística que documentó la denominada “operación acordeón”, implementada desde el aparato institucional del gobierno de la Ciudad de México, con la participación activa de Morena, así como legisladores federales y locales de ese partido.

“Conforme a la nota publicada por el diario Reforma, la operación se realizó a través de brigadistas y fue financiada con recursos públicos del gobierno de la ciudad de México, utilizando como vía institucional a la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social”, añadió.

Por el contrario, el magistrado Felipe Fuentes Barrera desestimó la información periodística presentada ya que sostuvo que “las autoridades no pueden actuar sólo por meros rumores, por conjeturas o por lo que se señale en redes sociales, necesitan pruebas, necesitan hechos concretos”.

Además, argumentó que las pruebas no permiten suponer, ni de manera indiciaria que hubo la comisión de una falta electoral.

“La denuncia no incluyó referencias específicas sobre los hechos, no se señalaron fechas, no se señalaron lugares, ni personas responsables, ni se explicó cómo esos materiales habían influido en los procesos electorales.

“Las notas periodísticas, además, hemos dicho, son documentos que para que den pie a una investigación deben ir acompañados de elementos adicionales que permitan ubicar, precisamente, modo, tiempo y lugar de los hechos denunciados”, subrayó.

Dejan firme sentencia vs. Cuauhtémoc Blanco por violencia política

La Sala Superior del TEPJF confirmó la resolución de la Sala Especializada que ordenó inscribir por un año y seis meses al exgobernador de Morelos y ahora diputado de Morena, Cuauhtémoc Blanco, al Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de violencia Política contra las mujeres del INE.

Al desechar una impugnación interpuesta por Blanco Bravo y el exdirector general de Logística del Gobierno de Morelos, Arturo César Millán Torres, quien también fue sancionado, el TEPJF confirmó que ambos funcionarios cometieron violencia política en razón de género, de carácter psicológica y simbólica en contra de la entonces diputada de Morena, Juanita Guerra Mena.

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De acuerdo con la queja, se acreditó que tanto Cuauhtémoc Blanco, como Arturo Millán cometieron violencia política al impedir a la diputada Juanita Guerra Mena el acceso al palco principal para presenciar el desfile conmemorativo del CCXI Aniversario de la Gesta Heroica “Rompimiento del sitio de Cuautla, Morelos”, que se realizó en mayo de 2023, a pesar de haber sido invitada a dicho evento.

En la sentencia se consideró que la exclusión de una mujer, diputada federal, de un evento público que ella promovió y al que previamente se le invitó, se tradujo en invisibilizarla y generó un impacto desproporcionado en el ámbito de tutela que se debe garantizar a las mujeres en el marco público.

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