Sheinbaum envía al Senado Ley para prohibir propaganda de gobierno extranjeros en medios mexicanos

La Cámara de Senadores recibió de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo la iniciativa con proyecto de decreto para expedir la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, cuya aprobación abrogará la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión expedida en 2014.
“Los concesionarios que presten servicios de radiodifusión, televisión o audios restringidos en el país, no podrán transmitir propaganda política, ideológica, comercial o de cualquier tipo de gobiernos o entidades extranjeras, con excepción de la promoción turística o cultural. Tampoco se permitirá que gobiernos extranjeros utilicen los medios de comunicación nacionales para influir en los asuntos internos del país’’, cita el artículo 210 de la nueva ley propuesta.
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Así como que las plataformas digitales, cuyos contenidos estén disponibles en el territorio nacional, tampoco podrán comercializar espacios publicitarios para la difusión de publicidad, propaganda o cualquier información de gobiernos extranjeros distinta de aquella que tenga fines culturales o turísticos, y la prohibición aplica a los programadores y operadores de señales.
Cabe recordar que recientemente el gobierno de Estados Unidos contrató spots antiinmigrantes en la televisión abierta mexicana, en que aparece Kristi Noem, secretaria de Seguridad Nacional del gobierno norteamericano, y Sheinbaum Pardo anunció que propondría cambios legales para prohibir en México la difusión de propaganda de gobiernos extranjeros.
Dijo que su iniciativa consistiría en proponer la inclusión en la ley vigente de un solo artículo, pero optó por plantear la expedición de una nueva ley en la materia.
El proyecto presidencial precisa que la Secretaría de Gobernación (Segob) “sancionará el incumplimiento de lo establecido en esta ley en materia de contenidos, tiempos de Estado, la publicidad y propaganda establecida en el artículo 210 de esta ley, así como, en su caso, aquellos previstos en otras disposiciones aplicables, cadenas nacionales, boletines, el Himno Nacional, concursos, así como la reserva de canales de televisión y audio restringidos”.
Se prevé sancionar con multa por el equivalente de 2% hasta 5% de los ingresos del concesionario autorizado, programador o plataforma digital “por incumplir la prohibición de publicidad establecida en el artículo 210 de la ley”.
El artículo 277 establece que en el caso de las infracciones previstas, “para la imposición de la sanciones se considerará la intencionalidad del infractor”.
La iniciativa presidencial será discutida y votada hoy en reunión conjunta de las comisiones unidas de Radio, Televisión y Cinematografía; de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, cuyo decreto se someterá a la aprobación del pleno cameral en la sesión ordinaria del próximo lunes.
rolando.ramos@eleconomista.mx