SCJN ratifica que Anticorrupción lleve compras
Al no alcanzarse la votación calificada de ocho votos para declarar la invalidez del decreto que reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal por violaciones al proceso legislativo, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó el planteamiento y aprobó por nueve votos contra uno que los cambios impugnados por la minoría legislativa en ambas cámaras del Congreso de la Unión no violan la Constitución.
La Corte declaró infundados, a propuesta de Yasmín Esquivel Mossa, “los argumentos genéricos” que los diputados federales del PAN, PRI, PRD y MC “hicieron valer contra todas las disposiciones del decreto de reformas cuestionado”.
A través de las acciones de inconstitucionalidad que promovió, explicó la ponente, la oposición en ambas cámaras del Poder Legislativo arguyó que los cambios legales aprobados “son violatorios de lo que denominaron ‘el principio de eficiencia en el ámbito administrativo’”.
Detalló que según la parte accionante, las reformas “tienen como consecuencia la concentración de las contrataciones de la Secretaría de la Función Pública, actualmente Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno”.
Y propuso declarar infundado el argumento, “porque uno de los objetivos del decreto impugnado fue, precisamente, que exista una mayor eficacia, eficiencia, legalidad, honradez, rendición de cuentas, transparencia en el uso y manejo de los recursos públicos, pues a través de esta concentración, en una sola dependencia, el legislador consideró que se tendría un mejor manejo de los bienes y protección de la eficiencia administrativa”.
Desde la perspectiva de Juan Luis González Alcántara Carrancá, los promoventes “única y exclusivamente’’ impugnaron las fracciones XXI y XXI Bis del artículo 37 de la citada ley, por lo que el análisis del asunto debía limitarse a ello.
Dicho artículo precisa que a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno le corresponde, entre otros, el despacho de los siguientes asuntos:
“XXI. Establecer, conducir y aplicar la política general de contrataciones públicas reguladas por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas”.
La discusión continuará el próximo martes, cuando se abordará lo referente al sobreseimiento de los artículos Tercero y Cuarto transitorios del decreto impugnado.
Previamente, a propuesta de la ponente Esquivel Mossa se desechó su proyecto, que planteaba declarar la validez de la nueva Ley Orgánica de la Armada de México, impugnada por diputados de oposición, y fue returnado para la confección de uno nuevo.