SCJN da revés a bancos: Obliga a instituciones financieras a demostrar cargos no reconocidos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un nuevo revés a las instituciones bancarias: las obliga a demostrar los cargos no reconocidos en tarjetas de crédito y débito y cuentas con la institución.
El máximo tribunal estableció como jurisprudencia que, en los juicios contra bancos por cargos no reconocidos en tarjetas y cuentas, no basta con que la persona usuaria falte a la audiencia para presumir, mediante “confesión ficta”, que autorizó las operaciones.
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La “confesión ficta” es una presunción legal de que ciertos hechos se tienen por ciertos debido a la conducta de una parte en un proceso judicial, como la falta de contestación a una demanda o la inasistencia a una audiencia de prueba sin justificación.
De acuerdo con lo establecido por la Corte, los bancos están obligados a probar con documentos claros y procedimientos confiables que fue efectivamente la persona usuaria quien consintió y realizó cada operación.
“Esta decisión fortalece la protección de quienes utilizan servicios bancarios, impide que se les atribuyan cargos indebidos y obliga a las instituciones financieras a actuar con transparencia y conforme a la ley”, señala.
La SCJN precisó que la confesión ficta no basta, porque el banco debe demostrar plenamente la legitimidad de la operación para proteger los derechos de quienes confían sus recursos a las instituciones financieras y solo cuando el banco demuestre con documentos certificados que siguió todos los pasos acordados con la persona usuaria y que sus sistemas funcionaron correctamente, puede revertirse la carga de la prueba para que el usuario sea quien demuestre que no realizó la operación.
Otro golpe
La decisión del máximo tribunal se da justo cuando la Cámara de Diputados avaló medidas para prohibir el envío de plásticos no solicitados y garantizar su cancelación de forma rápida y sin penalizaciones.
Entre las disposiciones aprobadas en la iniciativa del diputado Ricardo Monreal, están que las entidades financieras deberán permitir que el usuario cancele su tarjeta de crédito o débito de forma presencial, telefónica o digital.
En el último caso, deberá ser incluido en las aplicaciones móviles, banca en línea y portales web oficiales un botón visible y de acceso directo para hacerlo, el cual debe estar disponible las 24 horas del día, los 365 días del año. El proceso debe ser en un máximo de cinco días.
Además, queda nula la emisión de tarjetas de crédito o débito cuando no exista consentimiento expreso del usuario, es decir, que no la haya solicitado. En este caso, no es necesario que la persona cancele la tarjeta en cuestión.
Escribe a fernando.franco@eleconomista.mx
