Saldo en contra en tu declaración anual: así tienes que pagarlo
La declaración anual está dando sorpresas a millones de mexicanos, y muchos contribuyentes son felices porque recibirán saldo a favor, pero esto no es generalizado, existen quienes el resultado les arroja saldo a cargo.
El saldo a cargo en la declaración anual son los impuestos que la o el contribuyente deberá pagarle al fisco, esto porque el resultado indica que durante el año fiscal pagaron menos impuestos de los que realmente debían, según datos de la plataforma Taxdown.
De acuerdo con esta empresa, el saldo a favor puede aparecer sobre todo si la persona física no realizó correctamente tus retenciones, si omitió ingresos en su declaración o si no consideró todas tus obligaciones fiscales.
Además también influyen otros factores, por ejemplo, la cantidad de deducciones personales que haya realizado durante el año fiscal, ya sea por gastos médicos, pago de colegiaturas, gastos funerarios, seguros de retiro o gastos médicos, entre otros.
Por esto es muy importante que si eres persona física obligada a presentar la declaración anual de impuestos deduzcas algunos gastos, como los antes mencionados. Es decir, que cuando vayas al médico, ya sea general o de especialidades le pidas factura de honorarios médicos, o si tienes un seguro de gastos médicos, también solicites factura.
Las personas obligadas a presentar declaración de impuestos son aquellas que son asalariadas y reciben ingresos que superan los 400,000 pesos al años, también quienes tienen más de un patrón, o aquellas que trabajan de forma independiente como freelance y que emiten facturas.
De acuerdo con la autoridad fiscal, quienes hayan terminado una relación laboral o personas que obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación tienen esta obligación.
Por otro lado, si ganaste un premio, recibiste donativos o un préstamo que en lo individual o en su conjunto, excedan de 600,000 pesos se deberás prestar la declaración.
“Asimismo, están obligadas a informar sobre los ingresos obtenidos por la enajenación de casa habitación, herencias, legados y premios obtenidos en el ejercicio 2024, siempre que la totalidad de los ingresos obtenidos en el ejercicio sean superiores a 500,000 pesos”, informó el Servicio de Administración Tributaria.
Tengo saldo en contra, ¿qué hago?
Si eres persona obligada a presentar tu declaración anual y el resultado de ésta es saldo en contra, o sea que indica que le pagues al fisco, hay opciones para cumplir.
Si tienes saldo a cargo o también conocido como impuestos a pagar pero no tienes el dinero para pagarle a la autoridad fiscal, puedes liquidarlo en parcialidades.
“Para los contribuyentes que, como resultado de la presentación de la declaración anual se determine impuesto a pagar, tienen la opción de hacerlo hasta en seis parcialidades. Esta medida es efectiva siempre y cuando el contribuyente realice la declaración en tiempo y forma dentro del plazo legal establecido (durante abril)”, dice el micrositio Declaración Anual 2024 para personas físicas.
Para que el pago a parcialidades aplique debes tomar diversas consideraciones, en primer lugar el pago de la primera parcialidad deberá hacerse después de presentar la declaración.
Además las parcialidades se tendrán que erogar a más tardar el último día del mes al que correspondan.
Al presentar la declaración y cuyo resultado sea saldo en contra tendrás que descargar las líneas de captura para realizar los pagos. Si pierdes alguna línea de captura puedes reimprimirlas o descargarlas en la opción “Impresión de acuse”, dentro del sitio de SAT.
Los pagos deberás hacerlos ya sea por transferencia o ventanilla, dependiendo la opción que hayas seleccionado en las instituciones autorizadas para esto por el fisco.
Para esto también puedes revisar en la app de tu banco la opción de pagos de impuestos.
Si seleccionas la alternativa de pago en parcialidades pero quieres pagar de forma anticipada, también puedes hacerlo.
¿Retrasos en los pagos?
Si tienes saldo en contra y seleccionas pagar en parcialidades debes saber que no puedes retrasarte en los pagos o no deberías porque entonces se cobran recargos por falta de pago oportuno.
Si dejas de pagar dos parcialidades está opción se desactiva y entonces tendrás que entregarle al fisco la totalidad de la deuda fiscal.
“La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre del 2025 incluyendo, en su caso, los recargos señalados anteriormente”, informó la autoridad fiscal.