Restituyen últimos triunfos por orden de Tribunal Electoral
A horas de concluir el plazo legal, el Consejo General del INE entregó este jueves las últimas constancias de mayoría a jueces de Distrito y magistrados de Circuito, cuyos triunfos fueron otorgados a través de resoluciones del Tribunal Electoral; con esta acción, el organismo electoral dio por concluida la elección judicial.
A regañadientes, todas las consejerías que integran el INE, avalaron la entrega de 20 constancias de mayoría a 9 personas magistradas de Circuito, así como a 11 juezas y jueces de Distrito, electas el pasado 1 de junio.
Lo anterior, en cumplimiento a las sentencias dictadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a través de las cuales se determinó regresar el triunfo a las candidaturas que el INE había calificado como inelegibles por no contar con el promedio académico para ocupar el cargo.
Así como otros casos en el que se le dio el puesto a otra candidatura por el tema del reparto por género o incluso, también hubo casos en los el tribunal electoral determinó que debía darse el triunfo a los segundos lugares ante la inelegibilidad del candidato ganador.
“Quienes en este acto reciben sus constancias de mayoría las reciben con el mismo valor jurídico y político sin importar si fueron entregadas directamente tras el cómputo de votos o como resultado de una sentencia derivada de un medio de impugnación..no es menos legítima ni menos válida”, dijo la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, durante el evento protocolario de entrega de constancias de mayoría.
Previamente, la consejera Dania Ravel expresó que su votó sería “a favor, porque estamos frente a un acatamiento, pero me parece fundamental dejar constancia de que las reglas deben ser claras, previsibles y aplicadas con congruencia”.
Por su parte, la consejera Carla Humphrey, consideró que estos primeros procesos electorales del Poder Judicial, así como con las sentencias que derivaron de los mismos, dejan grandes lecciones.
“Por supuesto que votaré a favor porque son acatamientos, pues sin embargo sigo señalando, me gustaría señalar las contradicciones en las que, a mi juicio, incurre la Sala Superior al señalar en sentencias anteriores (…) que sí teníamos facultades para revisar los requisitos de elegibilidad (…) a mi juicio, incurre en contradicciones porque sí avala la revisión que hacemos del 8 de promedio en la licenciatura, pero no el 9 en la especialidad, arguyendo que, pues tenían que hacerlo los Comités, pero que además no se conoció la metodología”, expresó.