Resolución de panel laboral amplía alcance de las industrias sujetas a revisión dentro del T-MEC

Resolución de panel laboral amplía alcance de las industrias sujetas a revisión dentro del T-MEC

Tras la presentación del Informe Final sobre el caso – Atento Servicios S.A. de C.V. (MEX-USA-2024- 31A-01), la resolución sienta importantes precedentes que no sólo refuerzan la aplicación de las quejas laborales, sino que amplía el alcance de las industrias que son sujetas a revisión por violación o denegación de los derechos laborales.

Lo anterior, luego de que los panelistas que revisaron el caso de Atento Servicios concluyeron que los argumentos de Estados Unidos prevalecieron y confirmaron la persistencia de la empresa en denegación de derechos; ya que no hubo elecciones libres ni transparentes; persistieron sindicatos “blancos” alineados con la empresa; no se acreditó un proceso de negociación colectiva auténtica; además, las inspecciones no incluyeron entrevistas independientes ni sanciones efectivas.

Otro punto fundamental que se registró en la disputa entre México y Estados Unidos fue la discusión sobre qué constituye una “instalación cubierta” bajo el T-MEC; y con esta resolución, el panel respaldó a EE.UU., ampliando el alcance del MLRR, determinando que cualquier empresa cuyos servicios o bienes compitan con los de EE.UU. puede ser sujeta a paneles.

México dijo que “Atento no debía entrar a un panel porque los call centers no forman parte de los sectores prioritarios listados en el Anexo 31-A del T-MEC”; mientras que Estados Unidos argumentó que “una instalación cubierta es cualquier empresa bienes o servicios se exportan a EE.UU. o compiten directamente con empresas estadounidenses, sin importar el sector”. Para los tres panelistas, Atento sí califica como instalación cubierta.

Esta decisión es clave y marca un precedente, ya que amplía el alcance de las industrias sujetas a revisión; refuerza el estándar internacional de protección real para los trabajadores en el marco del T-MEC, y aumenta la vigilancia binacional sobre el cumplimiento de la Reforma Laboral 2019.

Especialistas laborales han comentado que los mecanismos de respuesta rápida se han intensificado,” lo que ya está teniendo un impacto directo en México y en sus empresas. Este endurecimiento refleja un mayor escrutinio internacional en torno al respeto de los derechos laborales y a la vida sindical, lo cual coloca a las organizaciones mexicanas en un escenario de mayor vigilancia y exigencia”, dijo Germánde la Garza de Vecchi, socio director de Fisher Phillips.

Por su parte, Pablo Franco, especialista y miembro de la ILAW Network, dijo que “sin duda esto demuestra que a pesar de qué se puedan ir tomando medidas que remedien las violaciones o denegaciones, el gobierno mexicano debe dejar de ser omiso, en cuanto a la sanción de las denegaciones que él mismo detecta”.

Desde la entrada en vigor del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC en 2021, se han registrado 38 quejas laborales.

De las cuales hay 5 quejas abiertas; 28 quejas resueltas y se pidió la instalación de 5 paneles, dos de ellos resueltos.

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