¿Qué no cubre el seguro del IPAB? Claves tras el caso CIBanco, Intercam y Vector

Como usuario del sistema financiero es fundamental conocer qué protege tus ahorros en los bancos, pero también es clave —incluso más— entender los límites de esa protección. El caso reciente de CIBanco, Intercam y Vector Casa de Bolsa deja una lección clara: saber hasta dónde te respalda el seguro de depósito del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB).

El seguro de depósito no cubre ciertos productos financieros, incluso si estos se ofrecen dentro de sucursales bancarias. Entre los productos excluidos se encuentran:

  • Inversiones en sociedades de inversión, aseguradoras, cajas de ahorro, sociedades de ahorro y préstamo, casas de bolsa y bancos de desarrollo.
  • Obligaciones a favor de entidades financieras, tanto nacionales como extranjeras, y de sociedades que formen parte del grupo financiero del banco.
  • Obligaciones a favor de accionistas, miembros del consejo de administración y funcionarios de alto nivel.
  • Operaciones con títulos negociables o al portador, operaciones que no cumplan disposiciones legales o que no se apeguen a sanas prácticas bancarias.

Por el contrario, lo que sí cubre el IPAB son los depósitos bancarios a la vista y a plazo, así como cuentas de ahorro, cuentas de nómina y productos similares en instituciones bancarias. Esta cobertura aplica hasta por 400,000 Unidades de Inversión (UDIS) por persona y por banco, lo que equivale a poco más de 3 millones de pesos.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) recomienda que este monto sea considerado como límite máximo de ahorro por banco, para asegurar que los recursos estén protegidos.

Avanza el proceso por presunto lavado de dinero

Esta semana se anunciaron multas impuestas en junio por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a CIBanco, Intercam y Vector. En conjunto, las sanciones ascienden a casi 185 millones de pesos, derivadas principalmente de fallas en la prevención de lavado de dinero.

Estas multas corresponden a los días 25 y 26 de junio, fechas cercanas a las acusaciones emitidas por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos y la intervención administrativa de la CNBV.

Las multas responden a hallazgos administrativos de la CNBV. Falta ver si derivan en denuncias penales ante la Fiscalía General de la República o la Unidad de Inteligencia Financiera”, señaló Mario Di Costanzo, expresidente de la Condusef.

Paralelamente, el FinCEN —unidad de inteligencia financiera de Estados Unidos— otorgó una prórroga de 45 días para que las instituciones involucradas presenten información y evidencias requeridas.

¿Qué significa esto para los cuentahabientes?

Carlos Ramírez, socio codirector de Integralia, subrayó que la situación para los cuentahabientes no ha cambiado. Las sanciones no implican riesgos inmediatos para sus recursos.

“Lo único nuevo en el caso ha sido el traspaso de fideicomisos a Nacional Financiera y la prórroga del FinCEN. No hay indicios de problemas de liquidez ni de riesgo para los ahorradores”, indicó.

Para quienes tienen créditos con las instituciones involucradas, es importante seguir pagando puntualmente. Si alguna entidad dejara de operar, su cartera sería transferida o vendida, pero las deudas no se cancelan.

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