¿Puedes ir a la cárcel por no pagar tus deudas en tiendas departamentales?
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Ana y su familia acudieron a una tienda departamental para comprar una estufa y un refrigerador, pues su situación económica era estable y podían adquirir los bienes a crédito. Sin embargo, su vida cambió de manera drástica cuando su esposo se quedó sin empleo y comenzó a escasear el dinero en su hogar. El deterioro de sus finanzas provocó que dejaran de pagar sus deudas y ahora la tienda le exige saldar sus compras. “Al principio pagaba puntualmente, pero luego mi esposo se quedó sin chamba y las cosas se pusieron feas. Fui dejando los pagos, primero uno, luego dos… y ahora ya debo varios meses. Cada semana me llaman y me mandan mensajes. A veces vienen a la casa a dejar papeles o a tocar la puerta. Mis hijos se asustan, y yo no sé ni qué decir. Siento vergüenza, coraje, miedo”, cuenta en entrevista.
¿Es conveniente comprar a crédito?
La residente de la alcaldía Iztapalapa admite que la presión por la deuda y su situación económica actual ya afectan su calidad de vida: “Me he sentido muy mal. No duermo bien. Pienso todo el tiempo en cómo arreglar esto, pero no tengo cómo. He intentado hablar con ellos, pedir que me esperen o que me bajen la deuda, pero solo me dicen que tengo que pagar”. La situación de Ana puede parecerse a la de muchos mexicanos, quienes al perder su principal fuente de ingresos, enfrentan problemas para solventar sus gastos y compromisos financieros. Comprar a crédito en tiendas como Coppel, Elektra, Liverpool o Palacio de Hierro puede ser una opción útil si se hace con planeación. Sin embargo, cuando las deudas se acumulan y el pago se vuelve imposible, es fácil caer en un ciclo de intereses, recargos y afectaciones al historial crediticio.
¿Me pueden encarcelar? La Constitución Mexicana, en su artículo 17, establece que “nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil”. Esto significa que no puedes ir a la cárcel por no pagar tus deudas con este tipo de negocios. Sin embargo, tampoco implica que no existan consecuencias importantes. César Galeana, director del despacho Galeana y Asociados, aclara que la manera en que una persona pueda enfrentar prisión en un juicio por deudas es por desacato a una orden judicial. Por ejemplo, si no se presenta a una cita requerida por el juez, podría ser considerada prófuga de la justicia. “Donde sí puede llegar a suceder que nos priven de la libertad, es si nosotros no llegamos a dar una respuesta a este juicio que se llegue a interponer, porque podríamos encontrarnos en desacato, pero ya estaríamos hablando de una prevención judicial por no haber dado respuesta a este juicio”, detalla el abogado en entrevista.
¿Qué pasa si no pago? Aunque las personas no pueden ser encarceladas, existen sanciones y consecuencias por incumplir con los pagos. La principal es que el historial crediticio se verá afectado negativamente y aparecerás en el Buró de Crédito. Si estás en alguna de estas listas será difícil que otra tienda departamental, banco o cualquier institución financiera te otorgue un crédito, ya que habrás demostrado ser una persona poco confiable para cumplir con sus compromisos. Otro aspecto negativo es que recibirás visitas frecuentes de cobradores en tu domicilio, además de llamadas periódicas y correos electrónicos para exigir el pago. Incluso podrían contactar a familiares y amigos que proporcionaste como referencia al adquirir un producto a crédito, lo que afectará tu calidad de vida y tu imagen ante tus seres queridos.
¿Me pueden embargar por no pagar? César Galeana señala que aunque todo acreedor tiene derecho a iniciar un proceso judicial que podría concluir en un embargo, las cadenas departamentales siempre intentan recuperar su dinero por otras vías antes de llegar a esos extremos. “Si tu acreedor llega a iniciar una acción judicial en tu contra y tú no llegas a algún convenio, no llegas a algún acuerdo de pago, sí puede haber como tal un señalamiento de bienes y posteriormente que se adjudique y se genere un cobro con los mismos, pero para ello debe pasar un proceso judicial”, explica. Sin embargo, el litigante añade que incluso durante el proceso judicial, el acreedor buscará un acuerdo para que el deudor pague antes de llegar al embargo, e incluso el juez puede proponer un convenio de pago antes de proceder con el embargo. Galeana también señala que algunas tiendas optan por no iniciar procesos judiciales porque estos pueden resultar más costosos que la deuda misma.
¿Las deudas se borran después de un tiempo? Una creencia común es que las deudas desaparecen si no se pagan después de algunos años. Sin embargo, esto no es del todo cierto: lo que se elimina es el registro en el Buró de Crédito, pero la deuda sigue existiendo y puede ser cobrada por los acreedores hasta que sea saldada por completo. La Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, en su artículo 20, establece que, después de 72 meses —es decir, seis años—, las sociedades no pueden mantener en sus registros, como el Buró de Crédito, los créditos vencidos que hayan superado ese periodo. “La ley es muy clara, la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia nos menciona que los créditos solo van a estar reportados de manera negativa durante seis años, siempre y cuando sea de forma ininterrumpida”, explica el especialista. Aunque aclara que en su despacho han atendido casos en los que tiendas como Sears o Liverpool continúan reportando negativamente a sus deudores, incluso después de que han transcurrido los seis años establecidos por la ley, lo cual representa una violación a la normativa vigente.
Como ponerse al día con las deudas Lo primero es reconocer que existe un problema y, a partir de ahí, tomar acción. Una buena forma de comenzar, de acuerdo a la Condusef, es acercarse directamente a la tienda departamental con la que se tiene el adeudo, explicar la situación financiera actual y tratar de llegar a un acuerdo: ya sea una quita o un plan de pagos que permita saldar la deuda sin agravar más las consecuencias. “Si llevas uno o dos años sin pagar, lo ideal es acercarte cuanto antes a tu acreedor para buscar una negociación. Nosotros recomendamos considerar una quita en una etapa temprana del adeudo. Si la deuda ya tiene tres o cuatro años, habría que evaluar si es posible llegar a un acuerdo o tomar otro tipo de decisiones. Pero si se trata de un crédito joven que apenas ha caído en incumplimiento, una quita puede ser una buena opción para resolver el problema antes de que escale”, explica el abogado. La Condusef también aconseja evitar los créditos exprés, ya que muchos de ellos resultan ser fraudes. Además, si el origen del problema fue la pérdida de empleo, recuerda que se puede hacer válido el seguro de desempleo que acompaña a algunos créditos. Evita intentar pagar una deuda adquiriendo otra, ya que eso solo te lleva a un círculo vicioso del que será más difícil salir. Expansión buscó a la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (ANTAD) para conocer su postura, pero declinó dar una respuesta. Por su parte, la Condusef y la Profeco no respondieron de manera inmediata a las solicitudes de entrevista.
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