Proponen sanciones por contaminación en predios baldíos propiedad del Gobierno Estatal y Municipal
MEXICALI, JUNIO 2, 2025.- La diputada Santa Alejandrina Corral Quintero, presentó iniciativa de reforma al código Penal para lograr una mayor protección respecto a las conductas realizadas por Servidores Públicos que atenten en contra del medio ambiente y que generan un problema de salud pública.
La legisladora cuestionó respecto a los predios baldíos que son propiedad del gobierno del estado o municipios, que son focos de contaminación por la acumulación de basura, maleza, sustancias tóxicas, residuos sólidos y otros contaminantes que son un riesgo para la salud humana y el medio ambiente.
La propuesta tiene como propósito tomar acciones que prevengan y reviertan el daño ocasionado por la contaminación que producen los predios baldíos con grandes acumulaciones de basura, ya que en el Código Penal solamente se contempla lo que es consecuencia de acciones de particulares y no de servidores públicos.
“Muchos de los predios pertenecientes al gobierno estatal o municipal, se encuentran abandonados por las autoridades sin que se establezcan acciones de supervisión o cuidado de los mismos, de tal manera que algunos se constituyen como lugares habituales de descarga, acopio de basura o cualquier otro tipo de contaminantes que se depositan de forma clandestina”, afirmó.
En ese sentido señaló que la problemática de la contaminación del medio ambiente no sólo debe ser atribuida a los particulares, es una corresponsabilidad del Estado por lo que, tanto el gobierno como los ciudadanos, tienen la obligación de proteger el entorno, actuar para prevenir y mitigar la contaminación.
Por lo que la intención legislativa es adicionar el artículo 336 TER, para establecer una pena de uno a dos años de prisión y una multa de 50 a 3 mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, para los titulares de las dependencias encargadas de la limpieza, mantenimiento y conservación de los predios baldíos propiedad del gobierno estatal o municipal y que por omisión, negligencia o falta de supervisión ocasionen la acumulación de más de un metro cubico de residuos sólidos, basura, maleza, desechos de cualquier naturaleza, sustancias toxicas o cualquier otro tipo de contaminante.