Plataformas: impuesto de 2%, derechos laborales, ingreso neto, piloto
La sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declara inconstitucional el impuesto de 2% a plataformas de reparto en la CDMX es un alivio para el ecosistema digital. Mientras los gobiernos locales buscan nuevas fuentes de recaudación, la regulación laboral avanza con definiciones que estrangulan el modelo que pretende proteger. El fallo de la SCJN salvaguarda el principio de legalidad tributaria, pero la reforma laboral en materia de plataformas digitales (cuyo piloto de seguridad social entra en vigor el 1 de julio) plantea riesgos mayores para la sostenibilidad de la industria.
La SCJN declaró inconstitucional el cobro del 2 % previsto en el artículo 307 Ter del Código Fiscal de la CDMX, a cargo de las plataformas de reparto. El gravamen estaba disfrazado de “aprovechamiento” por el uso de calles y vialidades, pero la Segunda Sala concluyó que cumple todos los elementos de un impuesto y que legislar sobre comercio electrónico corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión, no al local. La decisión protege las plataformas de contribuciones arbitrarias.
Si bien la sentencia es un triunfo para repartidores y usuarios de las apps de delivery, no resuelve la presión regulatoria sobre las plataformas. Cada disputa judicial implica costos para las empresas y genera incertidumbre, lo cual termina por trasladarse a los usuarios y trabajadores en forma de mayores tarifas o menores oportunidades de empleo.
Por otra parte, el 1° de julio de 2025 entrará en vigor el programa piloto de aseguramiento obligatorio de las personas trabajadoras de plataformas digitales, conforme a las fracciones V y VI del artículo 291‑K de la Ley Federal del Trabajo y la reforma laboral en materia de plataformas digitales.
Bajo este programa, el IMSS y el Infonavit deberán inscribir a las personas trabajadoras de apps de reparto y movilidad, así como determinar, retener y enterar las cuotas obrero‑patronales y realizar las aportaciones de vivienda correspondientes.
La reforma laboral, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024, establece que el trabajo en plataformas es una relación laboral subordinada siempre que la persona genere ingresos netos mensuales equivalentes a al menos un salario mínimo de la Ciudad de México, independientemente del tiempo efectivamente laborado. Quienes no alcancen ese umbral se considerarán trabajadores independientes, aunque durante el tiempo laborado contarán con casi todos los derechos, salvo la inscripción obligatoria al IMSS y al Infonavit.
El gran nudo es la definición de ingreso neto. De ello depende si un reparto eventual sigue siendo independiente o se convierte en subordinado con todas las cargas patronales. El ingreso neto (aquello que queda tras restar impuestos, costos operativos y demás gastos de los ingresos brutos) debe calibrarse con precisión para no desincentivar la flexibilidad que caracteriza la economía colaborativa. El riesgo radica en que muchas personas que usan las plataformas como ingreso complementario podrían perder la autonomía que las llevó a estas apps.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social tiene la misión de emitir las disposiciones de carácter general para determinar el procedimiento de cálculo de ese ingreso neto. La definición debería prever todos los costos inherentes a la operación, para que el umbral de un salario mínimo mensual refleje las ganancias netas reales, sin poner en riesgo la viabilidad del modelo de negocio.
Existen riesgos ocultos de la reforma laboral. El primero es el aumento de costos operativos y tarifas. Las plataformas deberán absorber cuotas patronales al IMSS e Infonavit desde el primer peso que supere el umbral. Este costo podría trasladarse a los usuarios, incrementando los precios de entrega.
Otro riesgo es la salida de mercados de baja demanda. Ciudades con menores volúmenes de pedidos pueden dejar de ser rentables, provocando la retirada de plataformas y la pérdida de oportunidades laborales y de ingresos para repartidores locales, entre ellos jóvenes estudiantes y mujeres.
Impacto en trabajadores flexibles. Según el SAT, 658,000 personas trabajan en plataformas digitales, pero únicamente 272, 000 superan el umbral del salario mínimo mensual. Hay que evitar que quienes utilizan la plataforma con menos regularidad no queden fuera de esta modalidad de empleo e ingresos.
Emitir recibos semanales, medir horas y flujos de trabajo discontinuos y gestionar múltiples contratos digitales añaden costos y capas de burocracia que minan la agilidad de las plataformas, cuya principal característica y ventaja es reducir los costos de transacción para los usuarios.
Además, el IMSS no ha calculado el costo de asumir la seguridad social de los nuevos trabajadores de plataformas (658,000) en términos económicos, atención hospitalaria y medicamentos en un sistema de salud de por sí saturado, de mala calidad e ineficiente que no responde a las demandas y expectativas de la población que actualmente ya es derechohabiente.
La mayor incongruencia es que la reforma laboral no amplía la seguridad social a otros trabajadores independientes (taxistas, despachadores de gasolina), lo cual crea discriminación y distorsiones en el mercado laboral. Lo anterior confirma que el gobierno de la 4T, a través de la Secretaría del Trabajo a cargo de Marath Bolaños, busca un éxito político y mediático, pero sin calcular los verdaderos costos, impactos y repercusiones de la reforma laboral en términos de capacidad del IMSS, pérdida de oportunidades de ingresos y afectaciones a los modelos de negocio de las plataformas.
La alternativa más justa es diseñar un sistema de seguridad social universal desvinculado de la subordinación laboral, donde los trabajadores de plataformas contribuyan a un fondo de salud y retiro a través de cuentas individuales, manteniendo su flexibilidad y sin obligar a las empresas a asumir el régimen completo de cuotas patronales. Este enfoque garantiza protección sin comprometer innovación, autonomía y la flexibilidad de quienes eligen la economía colaborativa como fuente de ingresos.
La sentencia de la SCJN sobre el impuesto del 2 % y el piloto obligatorio del IMSS e Infonavit evidencian el desafío de regular un sector dinámico que combina tecnología, trabajo y movilidad. No basta con eliminar contribuciones locales arbitrarias, es importante respetar el concepto de ingreso neto (entendido como la cantidad de dinero que queda después de restar todos los gastos) y repensar esquemas de seguridad social que protejan a los trabajadores sin dañar la flexibilidad y viabilidad de las plataformas. Sólo así se avanzará hacia un marco jurídico que impulse la economía digital, garantice derechos laborales y fomente modelos de negocio sostenibles en México.