Ordenan quitar propaganda pagada en favor de aspirante

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) identificó la presunta difusión de propaganda electoral pagada a favor de Ariana Camacho Contreras, candidata al cargo de magistrada del Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación.

Lo anterior derivado de una denuncia presentada por Germán Ruiz Partida, quien acusó al medio de comunicación Político.mx, de publicar información pagada a favor de la aspirante al Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación.

Según el proyecto presentado, este medio de comunicación digital realizó tres publicaciones en redes sociales a favor de la candidata Ariana Camacho Contreras el pasado 9 de abril, lo que al juicio del su juicio de Ruiz Partida constituye la difusión de propaganda electoral contratada que se encuentra prohibida por la norma que rige la elección judicial.

Al respecto, la Comisión de Quejas declaró improcedente la adopción de la medida cautelar solicitada respecto de dos publicaciones; una realizada por la candidata en su perfil de Facebook, ya que de manera preliminar no se advierte que hubiera contratado y realizado un pago para la ampliación de su difusión.

Del mismo modo no se adoptaron medidas por otra publicación realizada por el portal de noticias en su cuenta de la red social X, ya que de igual manera no identificaron publicidad pagada para la promoción de Ariana Camacho Contreras.

No obstante, las consejeras y el consejero integrante de esta comisión determinaron declarar procedente la adopción de medidas cautelares respecto de dos publicaciones difundidas por el portal Político.mx, en sus redes sociales de Facebook e Instagram, “ya que bajo la apariencia de buen derecho y sin prejuzgar sobre el fondo del asunto, se advierte que se realizó pago para potencializar su difusión en favor de la candidata Ariadna Camacho Contreas”.

Asimismo, se dijo que aunque las publicaciones pagadas ya no se encuentran activas en la librería correspondiente, su contenido permanece disponible en el perfil denunciado, lo que implica que su difusión e impacto sobre la equidad en contienda persisten. Por lo anterior, se ordenó como medida cautelar su retiro.

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