Ningún negocio puede hacer un cobro extra por el uso de la Terminal, esto dice Profeco
¿Eres de las personas que realizan transacciones con tarjeta bancaria? Seguro te ha pasado que al realizar tu pago con tarjeta de crédito o de débito, el comercio te hace un cargo adicional a tu compra, pero ¿te has preguntado por qué? o ¿si esto es correcto o legal?
Pues bien, déjanos decirte que ya no debes permitir esta situación porque de hacerlo el establecimiento estaría incumpliendo con lo que los comercios pactan con las instituciones bancarias, es decir, en los contratos para el uso de terminales punto de venta se señala claramente que el pago de este servicio no debe repercutir en el costo de los bienes y servicios que promueven los comercios con su clientela.
De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en cualquier transacción comercial, el cobro de comisión por pago con tarjeta de crédito o débito es una violación a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC).
El proveedor está obligado a informar el precio final, de forma notoria y visible, de los bienes, productos o servicios que ofrezca a las personas consumidoras, tal como lo menciona el artículo 7 Bis de la LFPC:
“El proveedor deberá informar de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofrezca al consumidor. Dicho monto deberá incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisición o contratación respectiva, sea ésta al contado o a crédito”.
Al respecto, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) también considera que este tipo de prácticas, además de ser indebidas al condicionar la aceptación de esta forma de pago y resultar onerosas para el tarjetahabiente, obstaculiza la promoción de la Inclusión Financiera, toda vez que el usuario recibe el mensaje erróneo de que pagar con una tarjeta cuesta más que pagar con efectivo.
¿Qué hacer si un comercio te quiere cobrar la comisión que por obligación éste debe pagar?
Entre las recomendaciones por parte de la entidad financiera se sugiere:
- Cancelar la compra o servicio y acudir a otro establecimiento que no te cobre comisión.
- Presentar tu queja ante la institución bancaria dueña de la TPV.
- Si tu queja no es atendida, acude a la Condusef, la cual te brindará asesoría.
- También puedes recurrir a la Profeco.
¿Multas por violar la LFPC al cobrar comisión por pago con tarjeta de crédito o débito?
Las multas por el incumplimiento del mencionado artículo están establecidas en el artículo 127 de la LFPC y van de los 733 pesos a los 2,345,728.71 pesos.
Por lo que ningún negocio puede hacer un cobro extra por el uso de la Terminal Punto de Venta. Incluso en los términos y condiciones de los contratos de prestación de servicio de afiliación de comercio, que celebran las instituciones bancarias y los proveedores, y que están registrados ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), establecen que una de las causales para rescindirlo es hacer el cobro o traslado de la comisión a los tarjetahabientes o cargar alguna otra cantidad adicional.
La Profeco recuerda que tampoco se puede obligar a las personas consumidoras a pagar o dar un monto por concepto de propina, ésta es una gratificación voluntaria, generalmente económica, que se ofrece por un servicio recibido.
Esta práctica incurre en el artículo 10 de la misma ley, la cual señala que “los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios”, por lo que la propina no puede ser incluida en la cuenta final.
En caso de que algún establecimiento o proveedor aplique un cargo por comisión con pago mediante tarjeta bancaria o por concepto de propina, las o los consumidores podrán acudir a alguna de las 38 Oficinas de Defensa el Consumidor (Odeco) del país, o presentar su queja mediante los distintos canales de atención de la institución.