Menos semanas cotizadas y fraudes: lo que no te dicen del retiro por desempleo

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Las personas que hayan perdido sus trabajos pueden disponer de una parte de los recursos de sus cuentas individuales de pensión mediante un retiro parcial por desempleo , de acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro ( Consar ). Si bien, es una opción que podría sonar como una ayuda al bolsillo en momentos de crisis, puede tener riesgos si no se realiza de manera planeada.

Retiro parcial por desempleo: ¿En qué consiste y quién puede solicitarlo? ¿Cómo se calcula el monto a retirar? Requisitos Tener al menos 46 días de estar desempleado. Tener una Cuenta Individual registrada en una Afore. No haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite. Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado y con un Enrolamiento Biométrico generado por la Afore. Consecuencias de solicitar el retiro por desempleo Lo que no saben los trabajadores es que ese retiro les está cancelando tanto el dinero que tienen en la cuenta como sus semanas de cotización ¿Se pueden recuperar las semanas? ¿Cuándo se recomienda solicitar el Retiro por desempleo?

El retiro parcial por desempleo es un derecho de las personas trabajadoras, y se encuentra regulado por el artículo 191 de la Ley del Seguro Social (LSS). Una vez que el trabajador deje de estar en una relación laboral, podrá solicitar una parte de los recursos acumulados de la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), siempre y cuando hayan pasado 46 días de estar desempleado. De acuerdo con Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, este derecho es para población trabajadora que se encuentra cotizando bajo la Ley 97. Es decir, quienes hayan sido registrados a partir del 1 de julio de 1997 ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y los recursos destinados para su pensión sean gestionados por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore). La Consar y la LSS explican que existen dos modalidades para determinar la cantidad que se dispondrá a los trabajadores: Modalidad A : 30 días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 veces el salario mínimo mensual general que rija en la Ciudad de México. Modalidad B : Lo que resulte menor entre 90 días del Salario Base de Cotización del Trabajador de las últimas 250 semanas o el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta RCV. En 2025, el salario mínimo vigente en la Ciudad de México es de 8,480.17 pesos, por lo que el límite admitido en la modalidad A sería de 84,801.7 pesos. La modalidad será dependiendo del tiempo que la persona solicitante tenga cotizando, según Rolando Talamantes, consultor experto en pensiones. Sin embargo, la Modalidad A tendrá modificaciones por una reforma realizada por la Cámara de Diputados , la cual determina que el monto de retiro será de 30 días “de su salario base de cotización promedio de las últimas 52 semanas” y el límite se actualiza a 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización Mensual (UMA). La reforma fue remitida al Senado. La Consar establece que, para solicitar el retiro parcial, se requiere de cumplir de los siguientes puntos: Para ejercer la Modalidad A , la persona trabajadora deberá tener una Cuenta Individual con al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de dos años de cotización acreditados en la Afore . Y para la Modalidad B , la persona trabajadora deberá tener una Cuenta Individual de Afore con 5 años o más de antigüedad. El efecto más importante de haber solicitado el retiro parcial es que el IMSS realizará una reducción proporcional de las semanas cotizadas, un hecho que muchas personas trabajadoras ignoran, advierten los expertos. Rolando Talamantes explica que, por ejemplo, si un trabajador tiene 280,000 pesos en su cuenta de Afore, y solicita la modalidad B del retiro parcial, obtendría 32,000 pesos, que corresponde al 11.5% del total de los recursos. Sin embargo, esa cantidad podría ocasionar la pérdida de hasta 294 semanas, más de cinco años de cotización. Virginia Ríos agrega que la reducción de semanas impacta directamente al acceso de una pensión, y no solamente la de retiro, sino también a otras como por invalidez, por sufrir un accidente no laboral o una enfermedad; o por viudez u orfandad, ya que solicitan un mínimo de cotización por el IMSS. Pensión de Invalidez : 250 pagos semanales cotizados para la Ley 97. Pensión por Viudez : 150 semanas de cotización. “Si retiran dinero y en el lapso sufren una invalidez, podrían perder el derecho a la pensión”, menciona la integrante del Colegio de Contadores. Sí, pero requiere devolver el dinero retirado por desempleo. Esta opción puede ejercerse cuando la persona haya vuelto a trabajar y pueda ahorrar esa cantidad. Este trámite se le conoce como reintegro de recursos y se realiza a través de la Afore. Algunas administradoras tienen la opción de pagar de manera parcial o total. Rolando Talamantes menciona que esta opción debe utilizarse como un colchón o como fondo de emergencia ante una situación de desempleo. La integrante del Colegio de Contadores Públicos de México, menciona que esta alternativa debe ser considerada como último recurso para las personas trabajadoras que reciban bajos ingresos. En el caso de la Modalidad A, solo recibirán un mes de salario, lo que puede resultar desventajoso considerando la reducción de semanas cotizadas. La especialista detalló que puede ser una opción solo en casos de verdadera necesidad económica, como desempleo prolongado, por enfermedad o falta de ingresos. “Lo mejor es encontrar un trabajo, vender algo, tener algún ingreso, pero no tocar esos recursos salvo que no haya otra alternativa”, menciona. Los especialistas detallan que es preferible prevenir y ahorrar con antelación para que, cuando por alguna razón pierdan sus empleos, tengan un fondo de emergencia del cual apoyarse sin perjudicar los recursos de su Afore.

Reforma para evitar fraudes en retiro por desempleo

El año pasado, la Consar detectó una práctica fraudulenta en los trámites de este derecho, en el cual los trabajadores pedían retiros por desempleo por un salario más alto del que realmente percibían, generalmente apoyados de gestores o “asesores”, quienes cobraban una comisión por ello. Esto generó que la Cámara de Diputados aprobara reformas a la Ley del Seguro Social para limitar las posibilidades de los trabajadores a disponer de sus recursos. La modificación establece que el cálculo para los retiros por desempleo en la Modalidad A se base en el salario promedio de las últimas 52 semanas y no en el último salario registrado, como ocurre actualmente. El trámite para el retiro por desempleo es gratuito ante las Afores, por lo que no es necesario consultar con un asesor. “Lo más recomendable es acudir directamente a la Afore. Es un trámite personal y gratuito”, destaca Rolando Talamantes. En caso que un servidor de la institución quiera realizar el procedimiento de manera externa al formal, puede denunciarlo en la administradora.

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