Juez exhibe omisiones de Profepa en caso de condominio irregular ubicado en Tulum

Juez exhibe omisiones de Profepa en caso de condominio irregular ubicado en Tulum

Cancún, QRoo.- Un juez federal ordenó demoler el condominio Adhamar Solimán, ubicado en Tulum, aledaño a la zona de anidación del santuario de la tortuga marina Xcacel Xcacelito, tras un amparo otorgado a favor de ciudadanos. 

La asociación Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS) informó que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) fue omisa en hacer cumplir la normatividad ambiental durante la construcción del edificio, por lo que un juez determinó que la dependencia verifique que éste sea demolido y el sitio restaurado a su estado original.

Te puede interesar

Según la relatoría de DMAS, en junio de 2024, la propia Profepa determinó que Desarrollos Tulum Dieciséis, firma a cargo de la construcción del condominio Adhamar, causó daños a un ecosistema de duna costera y le impuso multas y la obligación de restaurar 731.80 m² de área afectada.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) negó la autorización de impacto ambiental solicitada por la empresa, lo que obligaba a la ejecución inmediata de las medidas de restauración.

Sin embargo, Profepa no ejecutó ni supervisó adecuadamente dichas medidas, lo que dio lugar a un amparo de ciudadanos de Tulum, asesorados por DMAS.

El Poder Judicial concedió un amparo a favor de ciudadanos que denunciaron la omisión de Profepa, por lo que ahora esta dependencia federal debe ejecutar de manera activa y oficiosa la restauración ambiental ordenada.

“Está obligada a hacer efectivas las sanciones económicas y dar seguimiento a la querella penal por delitos ambientales presentada ante la Fiscalía General de la República. No puede delegar en la empresa sancionada la responsabilidad de cumplir con las medidas de restauración”, explicó en conferencia de prensa Mónica Huerta, representante legal de DMAS.

El fallo reafirma que el derecho a un medio ambiente sano, reconocido en el artículo 4° constitucional, debe ser protegido con acciones inmediatas y efectivas por parte de las autoridades, añadió la activista, además de incorporar principios internacionales como el de precaución ambiental, que obliga a actuar aun cuando exista incertidumbre científica sobre los riesgos de daño grave o irreversible.

Esta sentencia, dijo se sienta un precedente en la defensa judicial del medio ambiente en México y refuerza la obligación del Estado de actuar con firmeza ante daños ecológicos en zonas de alto valor ambiental como Tulum.

admin