Decisiones al final de la vida*
Una de las cuestiones más importantes desde la perspectiva de la libertad individual se refiere al último acto de la vida, particularmente cuando el individuo tiene la capacidad física y mental para decidir libremente cuándo y cómo quiere morir. Al respecto, es indispensable hacerse la pregunta: si un paciente con una enfermedad terminal le pide ayuda a un médico para morir y este está de acuerdo en ayudarlo, ¿debe ser un acto permitido en la ley? Es decir, ¿deben de ser legales la eutanasia activa así como el suicidio médicamente asistido? Esta es precisamente lo que propone la “Ley Trasciende: Por una muerte digna en México”, misma que podría discutirse próximamente en el Congreso.
Para analizar el tema es preciso definir primero qué se entiende por eutanasia y por suicidio médicamente asistido. Siguiendo a la Dra. Asunción Álvarez del Río, ella plantea en su libro Práctica y Ética de la Eutanasia (FCE, 2005) las siguientes definiciones:
a) “Eutanasia se define como el acto o método que aplica un médico para producirle la muerte a un paciente, sin dolor, a petición de este, para terminar su sufrimiento”. Hay dos tipos de eutanasia: la activa implica finalizar la vida por medio de una terapia encaminada a procurar la muerte del paciente y es el médico quien aplica los medicamentos o drogas que la provocan; la pasiva reviste dos modalidades: la abstención terapéutica (no iniciar un tratamiento) y la suspensión terapéutica (se suspende el tratamiento en proceso).
b) “Suicidio médicamente asistido es el acto de proporcionar a un paciente, físicamente capacitado, los medios para suicidarse para que este después actúe por cuenta propia”.
Tanto la eutanasia como el suicidio médicamente asistido son opciones que tienen los enfermos terminales, mentalmente capacitados, para decidir en el pleno ejercicio de su libertad cómo y cuándo morir como último acto de su vida, y la ayuda médica se da a petición expresa del paciente.
Es obvio que a nadie le gustaría llegar al final de su vida experimentando una enfermedad que conlleve un alto grado de sufrimiento, físico y/o emocional, y enfrentado a una situación en la cual los tratamientos terapéuticos ya no lo pueden curar y, en algunos casos, ni siquiera aliviar el sufrimiento físico. Sin embargo, no existe ninguna garantía de que ello no vaya a suceder, y solo por esto es que el individuo debe tener la posibilidad de elegir que alguien le ayude a acabar con ese sufrimiento adelantando su muerte, sea a través de la administración de un medicamento que la provoque (eutanasia activa si el médico es quien directamente lo administra o suicidio médicamente asistido si es el propio paciente quien se lo administra) o a través de la eutanasia pasiva mediante la abstención o suspensión de cualquier tratamiento que mantenga con vida al paciente.
A pesar de la importancia que tiene para un individuo, ejerciendo plenamente su libertad de elección tener la opción de adelantar su muerte, hay quienes están en contra de este ejercicio de libertad. La oposición a que los individuos puedan, si así lo desean, elegir esta opción al final de su vida, independientemente del grado de sufrimiento que estén experimentando, normalmente apela al argumento de la “santidad de la vida”, de que nadie es dueño de su propia vida sino que es propiedad de un “ser superior” y, por lo mismo, nadie puede decidir para sí cómo y cuándo morir. Esta corriente de pensamiento percibe la vida como una obligación y no como un derecho, y violenta el principio liberal de que la vida es un derecho natural, además de que olvida que las acciones individuales, incluida la de cuándo morir, son el resultado del libre albedrío de los individuos.
La otra cuestión importante es si, ante la petición de un paciente en etapa terminal de que lo ayuden a morir, el médico que la recibe está obligado a acceder a tal solicitud. Obviamente, no. El médico, por una cuestión de “objeción de conciencia” y ejerciendo plenamente su libertad de elección, puede negarse. La participación del médico es enteramente voluntaria.
Si el médico, habiendo certificado que ya no existe ninguna terapia curativa que ayude a un paciente a sanar y este sigue experimentando un alto grado de sufrimiento, físico y/o emocional, decide ayudar al paciente a morir ejerciendo su libertad, este acto debe estar considerado y protegido en el marco legal; es decir, no se puede acusar de homicidio al médico que aplica la eutanasia o ayuda al paciente a que se suicide.
Todo ser humano siempre debe poder elegir, inclusive cuando se trata del último acto de su vida. La legalización de la eutanasia y del suicidio médicamente asistido no obliga a nadie a solicitarlo ni tampoco obliga al médico a aplicarla. Quien no la quiera, que no la pida, pero no se le puede negar a todos esa posibilidad. Negarle a alguien que desea morir el que lo pueda hacer porque seguir viviendo es insoportable va más allá de la responsabilidad del Estado; legalizarlos permite, al final de la vida, el pleno ejercicio de la libertad.
* Este artículo es una versión adaptada del capítulo con el mismo título de mi libro ¿Qué tan liberal es usted? Ediciones Coyoacán, 2009.
