CRT debe crear lineamientos para asegurar certeza a radio social y comercial en venta de publicidad: Legorreta

Sergio Legorreta es abogado con especialidad en telecomunicaciones, radiodifusión y nuevas tecnologías para el despacho FisherBroyles; Sergio Legorreta fue, de hecho, uno de los pioneros de su área en adentrarse en el derecho con telecomunicaciones.
En su paso por despachos como Baker y McKenzie o Santamarina y Steta, también trabajó en casos relacionados con marcas internacionales del sector digital como Virgin Mobile, Uber, Facebook, Amazon y de otros sectores más tradicionales como Walmart y Pfizer; e igualmente hizo experiencia en aquello del sistema satelital MexSat.
Legorreta se licenció en la Universidad Iberoamericana, luego hizo posgrados telecom en el ITAM y se pulió con distintos másteres sobre inteligencia artificial y Blockchain en la Universidad de Vitoria-Gasteiz de España y en la Facultad de Derecho de la Universidad de Harvard.
Sergio Legorreta platica hoy sobre el nuevo marco legal telecom de México, uno, donde al 5 de agosto de 2025, conviven dos leyes de telecomunicaciones; aquella aprobada en tiempos de Enrique Peña Nieto y la que se aprobó hace unas semanas con Claudia Sheinbaum.
Legorreta aclara dudas sobre si es conveniente o no que las radios sociales, indígenas y afromexicanas comiencen desde ya a vender publicidad, luego de que en Mérida, Durango y Oaxaca se han estado conociendo casos donde las radios sociales ya ofertan spots de radio de cien pesos por 30 segundos al aire, una acción temeraria porque la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), la autoridad que regula ese criterio, no ha sido establecida formalmente.
El hecho de que la radio no comercial venda pauta para sostenerse es un hito en la historia de la radio mexicana. “Es una novedad fundamental de un nuevo ecosistema” y por ello la CRT debiera apurar una política en la materia que abone a la certeza jurídica, dice el abogado Legorreta en esta entrevista.
—¿Qué oportunidades o complejidades ve usted en esta nueva ley de telecomunicaciones? ¿Se agrega en realidad más justicia al sector con esta nueva ley telecom, cuando todavía hay una ley vigente y en un contexto de nuevo Poder Judicial, desempeño lento del PIB y presiones externas?
—Creo yo que no era necesario reemplazar la ley anterior por esta nueva ley. Hay muy pocas novedades que se agregan a la nueva ley y sí hay algunos temas sensibles para telecom y radiodifusión. Creo que se agrega una complejidad regulatoria con tres ventanillas y a lo mejor hasta cinco ventanillas, según los temas que sean. Lo que se hizo fue complicar el escenario regulatorio e incrementar el costo regulatorio para los participantes del mercado.
En contexto país no estamos para bollos en este momento y cuando se tenía que maximizar la inversión, no era necesario tener que hacer esta modificación legislativa.
—La radiodifusión representa el 15% del negocio combinado de telecomunicaciones y radiodifusión en México, por eso hablemos hoy sólo de radio. Siendo así, el Legislativo empoderó con esta nueva ley a la radio no comercial para hacerla más sostenible y plural, ¿coincide usted?
—En radiodifusión, derivado de aquellas reformas que se habían hecho a la Constitución, con el reconocimiento de las comunidades indígenas y afromexicanas, había quedado, de alguna manera, pendiente de hacer el desdoble de otorgarle mayores derechos y operatividad, y con personalidad jurídica propia, entonces cierto es que esa parte con la reforma sí estaba pendiente y la estamos viendo ya plasmada.
Esto es una novedad fundamental que va crear un nuevo ecosistema de participantes en el sector de la radiodifusión, con reglas del juego que están por verse cómo van a funcionar y que sin duda deben tener, si no preocupados, sí ocupados a los operadores existentes.
—La nueva ley de telecomunicaciones, si bien sí define ciertos criterios, se lee con términos muy generalistas cuando se trata de la posibilidad de que la radio indígena o social pueda comercializar pauta. Una redacción así, muy amplia y en algo tan sensible como es la generación de ingresos, suena a que habría inconformidades legales de operadores establecidos…
—El cómo se les otorgó esta facultad de hacerse de recursos a los concesionarios de radio pública o social sí está un poco o, más bien, bastante amplio y está poco clara en el sentido de que los porcentajes pueden se altos, así sea del 1 al 10% de la publicidad federal; y además se habla de una forma “prioritaria”.
Entonces, al momento de escribir en leyes la palabra “prioritaria” en el tema de publicidad de los entes públicos federales, lleva a uno a pensar qué significa eso de “prioritario”.
¿Significaría agotar primero a todos los sociales y luego voltear a ver a los comerciales?, porque no está claro eso, de qué significa prioritario y puede poner un poco en brete a quien vaya hacer el gasto público con el presupuesto de publicidad de los entes públicos federales; ponerlos en un predicamento sobre cómo deben interpretar esa norma.
Esa es una primera duda, porque si están hablando del 1% o hasta el 10% del presupuesto federal de publicidad destinado a comunicación social, eso es una cantidad enorme de dinero y si además se tiene que ir de forma prioritaria a estos concesionarios de uso social, entonces ahí sí, con mucha razón, deben estar preocupados los concesionarios y sobre todo los que operan de forma local donde se encuentran las concesiones de uso social.
La segunda duda tiene que ver con los presupuestos estatales que tienen una facultad similar del 1% hasta el 10%, aunque no se incluye allí la palabra “prioritaria”, pero sí se abre la puerta a que hubiera opacidad en el uso de los presupuestos locales. Después se mencionan los patrocinios, y no queda claro eso.
Pareciera ser que ese concepto de patrocinio es una forma de publicidad no encubierta, pero otra vez poco clara de qué significa o qué no significa un patrocinio, aunque la regulación sí habla de que deben ser de alguna forma bajo lineamientos de la CRT.
Y por último está la publicidad local, que puede ser un tope de 3.0 por ciento. Esto, si no se maneja correctamente, puede ser el acabose.
—¿Puede en realidad una estación de uso social generar distorsiones en un mercado o banda radiofónica con que se le permita vender 40 segundos de publicidad por cada hora del día?
—Esto es sin duda, porque estamos hablando de publicidad de una misma comunidad o misma región donde tenga la convergencia la concesión de uso social, indígena o afromexicana y la concesión de uso comercial.
Se habla de un tope de 3.0%… Eso significa cierto nivel de protección, pero también tomemos en cuenta que si bien está topado el porcentaje del tiempo que los sociales pueden destinar a publicidad, la verdad es que en comparación con las inversiones que van a tener que realizar simplemente con lo que toca pagar por el espectro, estamos entonces hablando de una disparidad fundamental muy importante.
Por todo eso es que podrán venir amparos, podrán venir recursos legales; sin duda que podrán venir, pero por lo pronto sí se advierte una postal compleja.
—¿Queda claro en la ley a qué se refirió el Legislativo al permitir que los concesionarios no comerciales transmitan pauta “local” u “originaria”? Esto, porque no se lee, por ahora, una redacción que defina ello como una calle, una colonia, barrio, ciudad o región; o si, por ejemplo, se le puede vender tiempo aire a Walmart por ser o no originario en un determinado mercado.
—La nueva ley también es poco clara en ello. Está claro el alcance de cobertura geográfica o de población a servir con la concesión actual y con el espectro que explotan, entonces ellos pueden argumentar y decir: “oye, pues tengo derecho a todo lo que tenga que ver con la localidad o localidades que abarque ese alcance del espectro”. Así, si mi concesión cubre, por ejemplo, todo el estado de Durango, esa sería la oportunidad potencial.
Walmart… Walmart, por ejemplo, en Mérida, también es un servicio local, si bien no es originario de la localidad, sí cae dentro de servicios locales y un servicio local no tiene necesariamente que ser originario.
—¿Considera entonces que una vez instalada la CRT bien valdría la pena la publicación de unos lineamientos en la materia que apoyen a la certeza en ese sector?
—Sí, tal vez unos lineamientos puedan ser una posibilidad, para que todo sea más claro; eso podría ocurrir, que no necesariamente ha ocurrido en el pasado aquí, pero sí se han solventado otros casos anteriores así. Entonces va tocar a la CRT resolver, pues, por ejemplo, con confirmaciones de criterio. Los concesionarios nuevos, los de radio indígena, social podrán solicitarle a la CRT una confirmación de criterio y la CRT determinará si el criterio es correcto o negarlo; o, en su caso, delinear una especie de “ley” secundaria con ese tema.
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El asunto también es sobre las ventanillas: Estarán la ATDT, la CNA; dos ventanillas, pero hay que recordar que una oficina de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes también tiene atribuciones sectoriales y luego está la Segob, que también puede ser invitada a la fiesta; y aparte, no hay que olvidar que hay temas o derechos de comunidades indígenas cuyas entidades federales también podrían decir que pueden participar en esta definición y en un caso, al tener que ver con los mercados, la autoridad de competencia podría entrar y entonces se antoja una solución larga.
—¿La posibilidad legal de que la radio no comercial ahora sí pueda vender tiempo aire para sostenerse, puede repercutir en que nuevos actores u otros establecidos se hagan pasar por organizaciones legítimas, ganar concesiones que son por adjudicación directa y de esta manera crear barreras de entrada? Es decir, ¿que se expanda el mundo de los llamados “lobos sociales” y al mismo tiempo que la radio social ya establecida se envalentone y venda publicidad desde hoy?
Lo que deberíamos hacer es justamente buscar cómo no divorciarlos, al contrario; cómo buscar que puedan sacar provecho de esas frecuencias. Yo creo que nadie quiere que desaparezca la radio social, pero también que no exista una radio de carácter social donde el contenido sea de muy mala calidad, que no aporte nada, y que al mismo tiempo esté ocupando una frecuencia cuando en realidad podría ser adjudicada a alguien que tenga más experiencia en generar contenido de mejor calidad para radio social o comercial; se necesita que se vigile. Yo creo que la colaboración y la certeza jurídica pueden ser parte del secreto para que esto funcione.
La ley dice que esas concesiones se quedarán exclusivamente para organizaciones que necesitan una concesión sin perjuicio a las disposiciones aplicables. Pero hoy estamos conviviendo con una ley nueva y una ley anterior y en realidad veremos todo más claro después de que se integre la CRT, porque ahora estamos en una especie de limbo regulatorio que no agrega certeza y que quizá algunos piensen que no podrían ser sancionados si se disfrazan o venden comerciales. En este momento donde se tienen dos leyes, ¿lo mejor es ir con calma? Sí.