CIBanco afirma que sus operaciones como “representante común” en mercado de valores siguen de manera regular

CIBanco comunicó este martes a inversionistas que, en esta etapa en la que se encuentra intervenido de manera temporal por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), sus operaciones como “representante común” en el mercado de valores, se seguirán desarrollando de manera regular y conforme a los términos pactados en los respectivos documentos de cada emisión, así como en apego a la normatividad vigente.
Lo anterior se dio a conocer en un comunicado de CIBanco, que diferentes emisoras, de las cuales la institución es “representante común”, difundieron este martes como evento relevante en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV).
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La función principal de un representante común, figura facultada para actuar en nombre de los tenedores de bonos, es la de velar por los intereses de los inversionistas que deciden participar en las emisiones de deuda dentro del mercado local, de acuerdo con información del propio CIBanco.
La víspera, Toyota Financial Services, una de las empresas que compartió el comunicado de CIBanco, informó que se encuentra en proceso de revisión y evaluación, de la sustitución del banco, como representante común de las emisiones de corto y largo plazo.
No se han identificado elementos que comprometan la operación
En su comunicado CIBanco detalló que, hasta el momento, no se han identificado elementos que comprometan la operación ni la actuación de la institución en el corto plazo, por lo que no se han visto afectadas las funciones que desempeña como “representante común”.
En este sentido, aseguró que los delegados fiduciarios y/o apoderados de representación común asignados a sus negocios, continúan contando con las facultades necesarias para la ejecución de actos relacionados con sus emisiones.
“Lo anterior, en virtud de que dichos poderes no han sido revocados, limitados, ni se consideran cancelados por el sólo hecho del inicio de la intervención”, precisó.
Agregó que la Ley de Instituciones de Crédito (LIC) faculta expresamente al “administrador cautelar” para otorgar o revocar poderes y designar delegados fiduciarios, pero no establece una revocación automática de los poderes previamente otorgados, salvo en lo que respecta a los órganos colegiados de la institución, como el consejo de administración y, en ciertos casos, la asamblea de accionistas.
Así, expuso que en caso de que en el futuro, el “administrador cautelar” determine realizar algún ajuste en las designaciones, o revocar alguno de los poderes actualmente vigentes, dicha situación será debidamente notificada a las partes involucradas, con la oportunidad y formalidad que corresponda.
No está incluida en lista de personas bloqueadas
CIBanco subrayó que los negocios en los que actúa como “representante común”, continúan operando con plena validez jurídica, y que el marco normativo mexicano ofrece garantías sólidas y suficientes para la protección de sus derechos.
Asimismo, enfatizó que, a la fecha, la institución no se encuentra incluida en ninguna lista de personas bloqueadas o restringidas, ni por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ni por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos.
“En consecuencia, no existe impedimento legal o regulatorio que limite la participación de fedatarios públicos en la instrumentación de las transacciones relacionadas con los negocios administrados por esta institución”, concluyó.