Caso Atento
En abril de 2024, el Panel de Expertos (PE) del T-MEC convocado en el caso de la mina San Martín, ubicada en Zacatecas, anunció su determinación. Su resolución decía que no tenían jurisdicción para pronunciarse sobre la denegación de derechos sindicales en la mina. Ni el PE ni el gobierno mexicano ignoraban que se habían violado los derechos de libre asociación y negociación colectiva de los trabajadores. No obstante, el gobierno mexicano se apresuró a declararse ganador de la controversia.
Hace unos días, el PE se pronunció sobre el caso de Atento, un call center español ubicado en Hidalgo. Esta vez el gobierno mexicano se apresuró a vocear su desacuerdo y a trasuntar el mensaje de que estaba molesto y ofendido con la resolución.
Estas reacciones indican que hay un problema severo de entendimiento en tomadores de decisiones del país sobre lo que es el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) y los compromisos de México en el marco del tratado comercial regional (T-MEC). Nada de lo ahí acordado, como nada de lo resuelto por el PE, habla de confrontaciones entre países y resoluciones que levanten la mano a uno u otro Estado.
El MLRR y los acuerdos laborales del T-MEC son una de las creaciones más innovadoras introducidas en acuerdo comercial alguno para observar y promover los derechos de los trabajadores. Su primera gran virtud es que hace a las empresas (de instalaciones específicas cubiertas por el Tratado) responsables por las violaciones laborales que puedan presentarse en sus centros de trabajo. Saca pues a los Estados de la ecuación del problema –si bien no de su observancia, evaluación y remediación–. De manera que cuando el gobierno mexicano, o cualquier gobierno para el caso, se declara ganador o perdedor frente a una resolución, ha extraviado el rumbo por completo. ¡Cómo si se tratara de una resolución de disputas entre Estados! Exactamente lo que no es.
La segunda virtud del MLRR es que crea espacios institucionales para que los trabajadores hagan oír su voz. Para que la ejerzan y amplifiquen en líneas de comunicación, oficinas y redes nacionales y transfronterizas de denuncia, apoyo y construcción de capacidades. De forma que sepan y hagan saber que en la defensa de sus derechos no están solos y se empoderen. El objetivo es que, aquellas empresas proclives a violar derechos laborales por sí mismas y/o con la ayuda de terceros (sean sindicatos, dirigentes privados o púbicos, etc.), reciban el mensaje de que pueden ser observadas y penalizadas.
La tercera gran virtud del MLRR es que crea mecanismos poderosos de castigo o presión a empresas violadoras de derechos y reincidentes. La primera medida precautoria es el congelamiento de cuentas aduanales, lo que ocurre cuando la queja es presentada, independientemente del resultado. Si se determina que existe la denegación, la sanción puede llegar a ser más espectacular, por usar un término. Lo es porque las empresas exportadoras encuentran vinculante el acceso a preferencias arancelarias a la observancia de los derechos laborales en sus instalaciones. Pueden también recibir multas o, en caso de reincidencia, llegar a la denegación de la entrada de mercancías al país denunciante.
Pero esto mismo crea la confusión de creer que el MLRR sólo es aplicable a empresas exportadoras. El anexo 31 A 15, fracción II, establece que el MLRR se aplica también a instalaciones cubiertas de una jurisdicción que compiten con las de otra jurisdicción –ejem. Atento es competencia de ATT–. Por eso la discusión de que el MLRR no era aplicable a Atento es un falso debate. Otro argumento falaz del hombre paja si se quiere.
La cuarta virtud del MLRR es que concibe un PE para que pueda estudiar y resolver una disputa en la eventualidad que los gobiernos no se pongan de acuerdo. Es un espacio de última instancia clave para garantizar un lente objetivo, confiable e imparcial sin otro interés que garantizar la libertad sindical y de negociación colectiva de los trabajadores afectados. Al efecto se integra por un experto de México, uno de Estados Unidos y un tercero de otro país, que lo preside. Para ello convoca a los mejores especialistas en derecho y prácticas laborales de listas integradas por los gobiernos de cada país o por ambos. EL PE que resolvió el caso Atento reúne todas estas propiedades y bajo ellas se guio. Más aún, la trayectoria y capacidades de sus integrantes son una garantía del más elevado profesionalismo en su misión.
EL MLRR tiene más virtudes. Dejemos el listado aquí por lo pronto. Porque los elementos previos son suficientes para decir que la resolución del PE tiene un solo triunfador. Son los trabajadores mexicanos y sus derechos –luego, por extensión, los trabajadores de Norteamérica–. Ello debiera ser motivo suficiente para felicitarnos todos, incluyendo el gobierno de México. Pero éste ha preferido ignorar que el único responsable –y contra quien va dirigida la resolución del PE— es Atento y evocar el discurso de la soberanía nacional. Por enésima vez. Como si Atento fuera México. Como si esta empresa importara más que los trabajadores mexicanos, sus derechos y los compromisos del país en el marco del Tratado.
En este punto debe enfatizarse que la resolución del PE no sólo señaló la responsabilidad de Atento, sino reconoció la labor que venía desempeñando el gobierno mexicano y la pertinencia de las reparaciones adoptadas –como las reinstalaciones e indemnizaciones–. Pero advirtió que fueron insuficientes. Y lo fueron por la sencilla y única razón que enfrente estaba Atento, quien decidió seguir interfiriendo en las decisiones de organización y representación de los trabajadores en lugar de actuar neutralmente –y/o mantenerse al margen– ante sus preferencias.
Vale recordar que Atento tiene una historia de conflictos laborales en México, como los ha tenido en Argentina y otros países donde opera. No es una empresa cualquiera; es uno de los líderes mundiales del ramo con operaciones en 17 países, 95 centros de trabajo (15 en México) y 110,000 empleados (12,000 en México). Así que no ha sido la falta de recursos lo que la ha conducido a ser partícipe de las violaciones en cuestión. Ha sido el actuar como lo hacen otras tantas miles de empresas nacionales y extranjeras en el país. Esto es haciendo a un lado los derechos fundamentales de los trabajadores y pagando salarios mínimos.
¿Qué por qué lo hacen? Obvio: ¡Porque pueden hacerlo y no pasa nada! ¡Porque al fin y al cabo hay dirigentes sindicales listos para firmarles el contrato que quieran y gobernantes, particularmente locales, para defenderlos¡
… O no pasaba nada. Porque desde que hay T-MEC y MLRR están pasando cosas en el mundo de trabajo mexicano gracias a que sus virtudes han venido a llenar los enormes huecos que dejan las instituciones del trabajo mexicanas –sin recursos, sin capacidades, con manos atadas–. Ya suman 39 casos. No son muchos, pero lo que importa es que están mandando dos mensajes extraordinariamente relevantes:
El primero es un recordatorio a las empresas que se lee “tú puedes ser el siguiente”.
El segundo es un recordatorio al gobierno mexicano que debe leerse: “Quieren libre comercio y que progresemos para ser una región integrada por la cooperación y el desarrollo, entonces tenemos que actuar juntos para ser una Norteamérica de leyes e instituciones fuertes, empezando con las que rigen el mundo del trabajo”. En otras palabras: There’s no such thing as a free lunch anymore.