Aclaran obligaciones fiscales sobre remesas en la declaración anual

TIJUANA, ABRIL 24,2025.-Las personas que reciben remesas del extranjero deben considerar este ingreso al momento de presentar su declaración anual, ya que en algunos casos se trata de recursos que pueden generar impuestos.
Lo anterior lo advirtió el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien señaló que no toda remesa está exenta de pago ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
“Dentro de la declaración, es necesario presentar todos aquellos ingresos que se obtuvieron durante el año fiscal sin importar si fueron por salarios, premios o incluso por la recepción de remesas por parte de familiares, como pueden ser padres, hijos, tíos o sobrinos”, explicó.
El especialista recordó que las remesas se consideran una fuente importante de ingresos para millones de hogares en países con economías vulnerables, sin embargo, recalcó que al tratarse de dinero adicional, la autoridad hacendaria puede clasificarlo como ingreso sujeto a impuestos, salvo en los casos en que se acredite como donativo.
“Las remesas constituyen una forma de envío de dinero por parte de trabajadores en el extranjero, y se trata de una forma de sostén económico en aquellos países cuyas economías son muy frágiles o volátiles”, afirmó.
Pickett Corona puntualizó que, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), toda remesa califica como ingreso, no obstante, reconoció que existen excepciones cuando el envío se ajusta a las reglas previstas en la ley para las donaciones.
Además, detalló que el artículo 93 de dicha ley establece que los donativos estarán exentos de impuestos, únicamente si cumplen con ciertos criterios, entre los que destacan el parentesco directo y un límite monetario anual.
“Los donativos están exentos de pagar impuestos, siempre que sean realizados entre padres, hijos o cónyuges, que no sean enajenados por terceros y que el total recibido en un año no supere tres veces el salario mínimo general”, anotó.
Agregó que, en caso de que la suma anual rebase ese umbral, entonces sí se debe pagar el impuesto correspondiente, en tanto, si la remesa proviene de familiares que no están contemplados como línea directa, el SAT la considerará ingreso gravable.
Por último, el abogado fiscalista enfatizó que aun cuando el monto recibido esté exento de impuesto, se debe informar al SAT sobre dicho ingreso, tanto en la declaración mensual como en la anual, siempre y cuando no se exceda el límite estipulado en la ley.