7 cosas que deben saber las pymes sobre la Ley Silla

A partir de hoy, 17 de junio, entra en vigor la Ley Silla, por lo que las empresas no pueden mantener al personal de pie por largos periodos, debido a que ocasiona provoca problemas de salud. En este sentido, las pequeñas y medianas empresas (pymes), no deben dejar pasar el tema, pues también les aplica y de no hacerlo puede haber problemas legales.
La iniciativa se propuso en septiembre del 2024 y fue aprobada por el Senado en diciembre del mismo año y publicada en el Diario Oficial de la Federación días después de su aprobación.
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Pymes deben cumplir con la Ley Silla para evitar pérdidas económicas
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Por ello, las empresas tienen que prepararse ante esta reforma de la Ley Federal del Trabajo (LFT), la permanencia y bienestar de los trabajadores tienen un impacto económico más marcado en las pymes, aunado a que 35% de los mexicanos consideran buscar un empleo en los próximos 12 meses, de acuerdo con un estudio de Kelly.
7 cosas que las pymes deben saber sobre la Ley Silla
A pesar de que la Ley Silla acaba de entrar en vigor, las empresas aún están a tiempo para modificar los reglamentos internos. Por ello, estos son puntos clave para que las pymes puedan prevenirse:
» 1. Las empresas tienen un plazo de 180 días naturales para modificar el reglamento interno e implementar la Ley Silla. Es decir, la fecha límite para su implementación es hasta el 14 de diciembre de 2025.
» 2. Queda prohibido que los trabajadores permanezcan de pie durante toda la jornada laboral, al igual que prohibirles que tomen descansos durante sus funciones.
» 3. Las sillas deben contar un respaldo para asegurar el descanso del trabajador.
» 4. No es obligatorio que los empleados tengan una silla en el mismo lugar donde se realizan las labores, sino que cuenten con un espacio dedicado al descanso.
» 5. Los sectores que contempla esta Ley son los de servicios, comercio; como las tiendas de autoservicio, departamentales y de conveniencia.
» 6. Las multas van desde los 250 hasta las 2,500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, por incumplimiento, las empresas deberán pagar entre los 28,285 y los 282,850 pesos.
» 7. No se contempla el tiempo exacto de descanso, pero deben ser intermitentes para evitar problemas de salud relacionados con la circulación y malestares musculares.
Cabe mencionar que además del cumplimiento en materia laboral, las pymes deben considerar que el bienestar del personal es fundamental, porque en la actualidad, 15% de los trabajadores se siente poco o nada feliz en sus centros de trabajo, de acuerdo con Kelly.