Lo que debes saber del Reglamento de Tránsito del Edomex que entra en vigor el 25 de noviembre

Lo que debes saber del Reglamento de Tránsito del Edomex que entra en vigor el 25 de noviembre

El Gobierno del Estado de México, encabezado por Delfina Gómez Álvarez, actualizó su Reglamento de Tránsito a fin de fortalecer la seguridad vial, proteger la integridad de niñas, niños, peatones, ciclistas, motociclistas y automovilistas, y fomentar una cultura de respeto y responsabilidad en la vía pública para salvar vidas.

Por ello, si tu eres mexiquense 100% o acostumbras transitar en algún vehículo particular por esta entidad, te dejamos varias claves importantes sobre las nuevas disposiciones que deben acatar conductores de automotores, motocicletas, ciclistas y hasta peatones.

Las nuevas disposiciones se publicaron en la Gaceta Oficial del Estado de México el 10 de noviembre del año en curso, pero su vigencia aplicará 15 días después de su publicación, es decir, que será a partir del 25 de noviembre cuando entren en vigor.

Jerarquía de movilidad: De acuerdo con las autoridades del Edomex, el presente acuerdo tiene por objeto garantizar la seguridad vial y la movilidad segura de las personas que transiten en territorio mexiquense a través de una jerarquía que reconoce en primer lugar a las personas peatonas, seguido de ciclistas y personas usuarias de vehículos no motorizados, después las prestadoras del servicio público de transporte de pasajeros y, finalmente, a quienes conducen vehículos motorizados particulares.

Certeza y seguridad jurídica: El nuevo Reglamento de Tránsito elimina las multas fijas y las sustituye por rangos mínimos, medios y máximos, conforme a los criterios de proporcionalidad establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Se busca inhibir las conductas infractoras sin imponer cargas excesivas, individualizando la sanción según la reincidencia o el historial de la persona infractora. De esta forma, quien cumple, paga menos, y quien acumula sanciones, paga más.

¿Cómo funcionarán las nuevas infracciones?

  • Mínima: para quienes no tengan infracciones previas.
  • Media: para quienes acumulen de 2 a 3 infracciones sin pagar.
  • Máxima: para quienes registren 4 o más infracciones pendientes.

Estas se irán eliminando conforme se vayan pagando, incentivando así la regularización voluntaria.

La aplicación del presente reglamento compete a las autoridades estatales y municipales en las respectivas esferas de su competencia, de acuerdo a lo previsto en la ley de la materia, en este reglamento, en los convenios y acuerdos que se suscriban y demás disposiciones legales.

¿Quiénes sólo pueden infraccionar en el Edomex?

La aplicación de sanciones corresponde a autoridades estatales y municipales con competencia en materia de tránsito.

En lo concerniente a las vialidades estatales, sólo pueden infraccionar las Agentes de Tránsito de la Secretaría de Seguridad del Estado de México, quienes se distinguen por portar camisa blanca con franjas naranjas y pantalón azul marino.

De igual manera cuentan con una terminal electrónica denominada “Handheld” que les permite expedir el documento impreso en el que conste la sanción de infracción a los Reglamentos de Tránsito Vigentes del Estado de México, por infringir los ordenamientos viales.

Infracciones comunes y a cuánto asciende la multa

  • Conducir sin licencia o vencida: Hasta 20 UMA (2 mil 262.80 pesos), pero no amerita retención del vehículo.
  • Por conducir un vehículo que no cuente con holograma de verificación vehicular vigente, que sea ostensiblemente contaminante o que circule cuando tenga restricción de carácter ambiental no le corresponda: Hasta 20 UMA (2 mil 262.80 pesos) y retención del vehículo.
  • Por no cumplir con la verificación vehicular obligatoria, ser ostensiblemente contaminante o por circular cuando por restricción de carácter ambiental no le corresponda: Hasta 20 UMA ( 2 mil 262.80 pesos) y retención del vehículo.
  • Por no usar los cinturones de seguridad: Hasta 5 UMA (565.70 pesos)
  • No respetar señalamientos restrictivos: Hasta 20 UMA (2 mil 262.80 pesos).
  • Usar el celular mientras se conduce: Hasta 20 UMA (2 mil 262.80 pesos)

Sanciones más severas para motociclistas

  • Sólo podrán conducir adultos con licencia vigente, física o digital.
  • Se prohíbe llevar a menores que no puedan sujetarse o apoyar los pies en los reposapiés.
  • El uso de casco certificado no mayor a cinco años es obligatorio para todos.
  • Además, el rebase sólo podrá hacerse por el carril izquierdo, y se prohíbe llevar cargas que afecten la estabilidad o visibilidad.

¿Qué pasa si llevo a menores de 12 años en motocicleta en el Edomex?

De acuerdo con el Artículo 89, del Reglamento de Tránsito del Estado de México, si los menores de 12 años no pueden sujetarse por sí mismos o sentarse correctamente, los conductores (motociclistas) serán acreedores a multas de entre 16 a 20 UMA (Unidad de Medida y Actualización).

En este tenor, los infractores deberán pagar entre 1,814.4 pesos (16 UMA) y 2,268 pesos (20 UMA). Cabe aclarar que la UMA en el Edomex equivale a 113.40 pesos.

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Multas mínimas y máximas

Respecto la multa mínima, esta se aplicará cuando no existan sanciones pendientes de pago; la media, cuando haya de dos a tres incumplimientos; y la máxima, cuando existan cuatro o más infracciones sin pagar las nuevas disposiciones, mismas que eliminan las multas fijas y las sustituye por rango mínimo, medio y máximo, según el historial de infracciones no liquidadas del conductor.

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