SAT recuerda cuáles son las deducciones personales válidas en la declaración anual
CIUDAD DE MÉXICO, NOVIEMBRE 10, 2025.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que, en cada ejercicio fiscal, las y los contribuyentes tienen la posibilidad de realizar deducciones personales, mismas que pueden incluirse en la declaración anual.
Es importante revisar cuidadosamente las facturas de los gastos que se desean deducir y verificar que cumplan con todos los requisitos fiscales, para que este beneficio sea válido y pueda reflejarse correctamente en la declaración.
Para que un gasto sea deducible, es necesario:
- Contar con la factura electrónica correspondiente a cada servicio o producto.
- Revisar que el RFC del contribuyente esté anotado correctamente.
- Verificar que el tipo de servicio anotado en el comprobante sea el correspondiente al servicio adquirido.
- Haber efectuado el pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo a nombre de la persona que realizará la deducción.
Los gastos personales deducibles para personas físicas incluyen:
- Gastos médicos y hospitalarios
- Gastos funerarios
- Donativos
- Primas de gastos médicos mayores
- Colegiaturas y transporte escolar
- Créditos hipotecarios
- Depósitos en cuentas especiales para el ahorro y aportaciones complementarias y voluntarias para el retiro
El monto total de deducciones personales no debe exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales del ejercicio a declarar o el 15% del total de los ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
Asimismo, el SAT precisó que las personas que tributan o hayan tributado en el Régimen Simplificado de Confianza no pueden aplicar deducciones personales.
La autoridad fiscal recomienda solicitar las facturas de manera mensual y mantener las deducciones organizadas durante todo el año. Para mayor información, se puede consultar el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/portal/public/home.
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