La SCJN prohíbe cobro de mensualidades del Infonavit cuando hay incapacidad del trabajador
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Si eres derechohabiente del Infonavit con tu crédito hipotecario vigente y debes ausentarte de tu trabajo por un tiempo, ya podrás posponer temporalmente los pagos que realizas al instituto. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) resolvió que cuando una persona trabajadora esté ausente o se encuentre de incapacidad puede acceder a la suspensión provisional de los descuentos al salario que son realizados por el patrón para el pago de crédito de vivienda del Infonavit.
¿Cómo se determinan las mensualidades de tu pago hipotecario Infonavit?
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Esta resolución fija jurisprudencia que privilegia la certeza jurídica, la proporcionalidad y la seguridad económica de las personas trabajadoras que se encuentran ausentes o en situación de incapacidad. “Se determina que los patrones pueden suspender los descuentos al salario por concepto de créditos de vivienda del Infonavit cuando el trabajador se encuentre (ausente o en incpacidad), siempre y cuando se garantice el cumplimiento del pago en los plazos previstos por la ley”, detalla la SCJN en un comunicado. El proyecto fue presentado por la ministra Yazmín Esquivel. “Hoy presenté un proyecto en el Pleno para proteger el pago al Infonavit. Propuse suspensión provisional para empleadores cuando se ordenan descuentos a créditos de vivienda de personas ausentes o incapacitadas, si garantizan el pago. Justicia con equilibrio, empatía y certeza”, justificó la ministra en sus redes sociales. La actual ley del Infonavit contempla que pese a que haya incapacidad del trabajador, el pago de aportaciones deberá continuar. “Tratándose de incapacidades expedidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social, subsistirá la obligación del pago de aportaciones. Cuando se trate de la obligación de hacer los descuentos no se suspenderá por ausencias o incapacidades en términos de la Ley del Seguro Social”, dice el artículo 29. El pago mensual de tu crédito infonavit se determina con relación a tu salario diario integrado; es decir, a tu salario mensual más las prestaciones que recibes. -Si ganas un salario mínimo, el pago mensual de tu crédito no superará el 20% de tu salario integrado. -Si ganas más de un salario mínimo, el pago mensual será del 30% de tu salario dependiendo del monto de crédito que solicites. Si solicitas menos monto de crédito, tu mensualidad se ajustará al monto solicitado. El pago mensual de tu crédito se descuenta directamente de tu nómina. Tu empleador (patrón) es responsable de: -Retener de tu sueldo la cantidad mensual que corresponde a tu crédito. -Y de entregarla bimestralmente al Infonavit. Los derechohabientes pueden revisar su ahorro en el Infonavit. Para hacerlo es necesario ingresar a la página del instituto: Ingresa al servicio “Cuánto ahorro tengo”, o puedes consultar cada detalle y movimiento de lo que ha ocurrido con tu Subcuenta de Vivienda en el servicio Resumen de Movimientos . Es importante que tengas a la mano tu número de seguridad social.
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