Diputados avalan la Ley contra la Extorsión
Por unanimidad de 456 votos, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó este martes en lo general el dictamen de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en materia de Extorsión.
El documento que deriva de una iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum también reforma, adiciona y deroga disposiciones del Código Penal Federal, del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
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Este dictamen da cumplimiento al decreto que declara reformado el inciso a) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política, en materia de extorsión, el cual otorgó al Congreso de la Unión la facultad para expedir la Ley General que establezca, como mínimo, el tipo penal y sus sanciones en materia de extorsión.
El objetivo de dicha ley es establecer “la distribución de competencias y las formas de coordinación entre las autoridades de los distintos órdenes de gobierno para la prevención, investigación, persecución y sanción del delito de extorsión y otros delitos vinculados; el tipo penal básico para el delito de extorsión aplicable a toda la República, sus sanciones y agravantes, así como otros delitos vinculados en materia de extorsión”, detalló la Cámara de Diputados en un comunicado.
La legislación estipula que el delito de extorsión y los delitos vinculados previstos en esta ley “se investigarán y perseguirán de oficio”.
La investigación, persecución y sanción del delito de extorsión estará a cargo de la Federación, cuando se actualice alguna de las hipótesis previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en el Código Nacional, en el Código Penal Federal o en cualquier otro ordenamiento que le otorgue competencia a la Federación.
Pese a su aprobación unánime, los legisladores procedieron a analizar las reservas a diversos artículos del dictamen para su discusión en lo particular.
