10 respuestas clave para los ahorradores sobre la liquidación de CIBanco y el seguro de depósito

Este 10 de octubre la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) informó que revocó la licencia para operar a CIBanco, si eres ahorrador en esta institución seguramente tienes muchas dudas sobre el proceso para recuperar tu dinero.
Aquí te damos algunas respuestas del Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB) que es el encargado de llevar el proceso para regresar el dinero a los ahorradores.
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Liquidación de CIBanco: ¿Qué debes hacer para reclamar tus ahorros en el IPAB?
1. Al realizar el registro al portal de pagos aparece un mensaje sobre que los datos del depositante no existen, ¿qué hacer?
Para iniciar su registro, deberás completar el formulario de información requerida con sus datos, tal y como aparecen en tu último estado de cuenta, incluyendo mayúsculas, minúsculas, acentos, espacios y otros caracteres especiales, como puntos, comas y signos de numeral. El IPAB sugiere eliminar la información del caché y cookies de tu navegador.
En caso de que el mensaje persista, comunícate nuevamente al teléfono 800 288 4722 con un horario de atención de lunes a viernes, de 9 de la mañana a 6 de la tarde. En caso de tener más dudas, puedes escribir al correo electrónico: infoCIBanco@ipab.org.mx.
2. Si ya completaste tu registro en el portal de pagos IPAB, ¿en qué momento te enviarán el mensaje electrónico para confirmar tu identidad?
El correo electrónico de confirmación se enviará el mismo día en que se registran los datos de la persona titular.
En caso de no recibirlo en este periodo, se sugiere buscar el correo electrónico en la bandeja de “correo no deseado” o “spam”. Asimismo, podría ser necesario limpiar la memoria caché de su navegador o en su caso, ingresar a través de otra computadora o dispositivo electrónico.
Por último, puedes intentar hacer el procedimiento nuevamente ingresando una dirección de correo electrónico diferente.
3. ¿Puedes usar un correo electrónico o número telefónico de un tercero en caso de no contar con ellos?
Sí, puedes utilizar cualquier correo electrónico o número telefónico siempre y cuando tengas acceso a dichos medios, ya que en ellos se enviará información relacionada con el pago y se utilizarán como mecanismo de autenticación en dos pasos mediante WhatsApp, SMS o correo electrónico.
4. ¿Qué debes hacer en caso de no contar con un estado de cuenta o contrato?
Deberás acudir a alguna sucursal del banco en liquidación para solicitar su estado de cuenta, en los siguientes horarios: de lunes a jueves de 09:00 a 18:00 horas y los viernes de 9:00 a 14:00 horas.
5. ¿Si no tienes una cuenta en algún otro banco, ¿se admite la transferencia o depósito a la cuenta de un tercero?
No se permite realizar transferencias a cuentas de terceros. Se sugiere al titular abrir una cuenta a su nombre en otro banco. En caso de no hacerlo, deberá levantar una Solicitud de Pago.
6. ¿En cuánto tiempo recibirás la transferencia electrónica con tus ahorros si ya te diste de alta en el Portal de Pagos del IPAB?
El tiempo estimado es de 48 a 72 horas hábiles, dependiendo del banco receptor de la transferencia.
7. ¿Qué pasa si ya pasaron 72 horas y no ves reflejado en tu cuenta el dinero de la transferencia o cualquier otro medio de pago?
Si han transcurrido 72 horas hábiles desde la validación sin que se refleje el depósito, podrás consultar en el portal de pagos del IPAB la información de tu pago o si hubo algún rechazo.
Si el problema persiste, puedes comunicarte al Centro de Atención Telefónica del IPAB al número 800 288 4722 (800 288 IPAB).
8. ¿Cómo puedes cobrar el dinero de una cuenta si la persona titular falleció?
Para los casos en los que existen personas beneficiarias designadas por el o la titular de la cuenta garantizada por el IPAB, deben presentar una solicitud de pago, debidamente firmada.
Las personas beneficiarias deben presentar el acta de defunción del titular o la titular de la cuenta, una identificación oficial vigente y la documentación disponible de la cuenta contratada, así como el contrato de apertura de la cuenta, en la que se encuentren especificados los beneficiarios de los recursos de dicha cuenta.
Para tramitar una solicitud de pago, deberás acudir a las instalaciones del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, ubicado en la calle Varsovia No. 19, colonia Juárez, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México, en los siguientes horarios: de lunes a jueves de 09:00 a 18:00 horas y los viernes de 9:00 a 14:00 horas, para presentar una solicitud junto con la documentación que lo acredite como titular de la mismo. Cabe destacar que este procedimiento podría tardar 90 días naturales.
Si lo prefiere, podrá acudir a las sucursales del banco en liquidación a presentar su Solicitud de Pago.
9. ¿Si tus depósitos garantizados eran mayores al límite cubierto por el IPAB (400 mil UDIS), ¿qué debes hacer?
Las personas ahorradoras con montos por encima del límite de cobertura (400 mil Unidades de Inversión -UDIS-) que, al 10 de octubre de 2025, equivalían $3,424,262.40 pesos (tres millones cuatrocientos veinticuatro mil doscientos sesenta y dos pesos 40/100 M.N.), deben esperar a los resultados de la liquidación de CIBanco.
Una vez que se hagan líquidos sus activos, esto es, que se venda su cartera, inmuebles y demás bienes, CIBanco (y no el IPAB) es el responsable de pagar los pasivos reconocidos, en el orden de prelación previsto en la Ley de Instituciones de Crédito.
Así, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 193 de la Ley de Instituciones de Crédito, el monto excedente de los depósitos garantizados que no cubra el IPAB, podrá ser reclamado por las personas titulares de las operaciones directamente a CIBanco.
10. ¿Qué debes hacer para presentar una solicitud de pago?
Las personas ahorradoras deberán presentar una solicitud de pago únicamente en aquellos casos en que:
- No reciban su pago por concepto de las obligaciones garantizadas;
- Reciban dicho pago y no estuvieran de acuerdo con el monto correspondiente; o
- Que el IPAB requiera a las personas ahorradoras dicha solicitud de pago debido a que la información de los sistemas automatizados de procesamiento y conservación de datos de CIBanco esté incompleta o presente inconsistencias.
El plazo para presentar una solicitud de pago es de un año contado a partir de que CIBanco entró en liquidación, esto es, hasta el 10 de octubre de 2026.
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