¿Quieres asegurar a tus padres en el IMSS? Te decimos qué necesitas para el trámite

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¿Quiénes pueden ser tus beneficiarios? El IMSS reconoce como beneficiarios directos a estas personas: -Esposo o esposa -Pareja en concubinato (con 5 años de convivencia comprobada o con hijos en común) -Hijos -Padres
¿Tiene costo el trámite? Si trabajas y ya estás afiliado al IMSS, el registro de tus familiares es un derecho gratuito. Si no estás trabajando o no tienes seguridad social activa, puedes contratar el Seguro de Salud para la Familia. En este caso, sí se paga una cuota anual por cada integrante, de acuerdo con su edad.
Verifica que estés vigente ante el IMSS Primero asegúrate de que tu propio registro en el IMSS esté activo. Para eso, solicita tu
Constancia de Vigencia de Derechos en línea , con lo siguiente: -CURP -Número de Seguridad Social (NSS) -Correo electrónico personal
Paso a paso: cómo registrar a tus familiares Tienes dos opciones: hacer el trámite en línea o acudir directamente a tu clínica.
1. Trámite en línea Ingresa al
Escritorio Virtual del IMSS con tu RFC y e.firma. Entra a la sección “Datos de vigencia” → “Acciones” → “Ver detalle de vigencia”. Elige la opción “Mi grupo familiar” → “Registro de derechohabiente”. Selecciona el familiar que quieras registrar (cónyuge, padres, hijos o concubino). Captura sus datos (CURP, nombre completo, fecha de nacimiento). Sube los documentos requeridos en formato digital. Registra su domicilio y elige la Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana. Obtén tu número de folio para dar seguimiento. Una vez aprobado el trámite, tu familiar deberá acudir a la clínica seleccionada para tramitar su carnet de citas.
2. Trámite presencial Si prefieres hacerlo en ventanilla, acude a tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) con los documentos en original. Horarios: De lunes a viernes, de 8:00 a 14:00 horas (turno matutino). Hasta las 19:30 horas en unidades con turno vespertino.
Documentos que deberás llevar
-Del trabajador (tú): Identificación oficial vigente. NSS y CURP. Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses).
-Para tus padres: Identificación oficial. Acta de nacimiento. CURP. Comprobante de domicilio. 2 fotos tamaño infantil.
-Para tu cónyuge: Acta de matrimonio. CURP e identificación. 1 foto infantil.
-Para tu concubino(a): Documento que acredite 5 años de convivencia o acta de nacimiento de hijos en común. Identificación oficial. 1 foto infantil.
-Para tus hijos: Acta de nacimiento. Para mayores de 16: comprobante de estudios o dictamen de incapacidad. Para mayores de edad: identificación oficial. 1 foto infantil. Extender tu cobertura del IMSS a tus padres, pareja e hijos es un trámite sencillo y gratuito para los trabajadores asegurados. Hacerlo no solo garantiza acceso a consultas médicas, medicinas y hospitalización, también representa una red de seguridad para toda la familia en caso de enfermedad o emergencia.
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