Prescripción de deuda: ¿Cuándo deja de existir mi deuda en México?

La prescripción de una deuda es un mecanismo legal poco entendido en México. Muchos creen que si una deuda prescribe ya no se debe, pero en realidad el acreedor sólo pierde el derecho a reclamar el pago por la vía judicial, aunque la deuda no desaparece. Entender cómo funcionan los plazos, las consecuencias y los derechos de cada parte es clave para quienes enfrentan una obligación financiera antigua.
¿Qué es la prescripción de deuda?
La prescripción es un mecanismo legal que cancela el derecho del acreedor a demandar judicialmente el pago de una deuda, pero no elimina la obligación del deudor. Préstamos personales, de nómina, tarjetas de crédito o hipotecas están sujetos a prescribir, aunque los plazos varían según el tipo de producto y las acciones realizadas por ambas partes.
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¿Cuánto tarda en prescribir una deuda en México?
De acuerdo con Gerardo Rosales, abogado mercantil, las deudas respaldadas por un pagaré prescriben usualmente en tres años a partir del vencimiento del documento. Si la deuda no cuenta con pagaré —como ocurre en muchas tarjetas de crédito o préstamos personales— el plazo se extiende hasta diez años.
Es importante saber que el contador de estos plazos puede reiniciarse si el deudor reconoce la deuda, ya sea a través de un pago parcial, una llamada, correo electrónico o cualquier comunicación aceptando el adeudo.
¿Qué puede detener o renovar la prescripción?
El proceso de prescripción se detiene en el momento en que el acreedor inicia una demanda judicial. Si pasan más de 180 días sin actividad judicial, el derecho del acreedor a demandar por esa vía caduca.
Ángel González, director general de la Organización Nacional en Defensa del Deudor, señala que el plazo para prescribir también se renueva si el deudor acepta la existencia de la deuda de cualquier manera o realiza un pago, aunque sea parcial.
¿Desaparece la deuda al prescribir?
No. Que la deuda haya prescrito no significa que ya no se deba. El acreedor pierde la capacidad de reclamar judicialmente, pero puede seguir intentando el cobro de forma extrajudicial, siempre bajo las reglas establecidas por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef). En deudas garantizadas como hipotecas y créditos automotrices, si prescribe, se pierde también el derecho a reclamar esa garantía ante un juez.