¿Se descansa el 15 de septiembre? Esto dice la LFT

¿Se descansa el 15 de septiembre? Esto dice la LFT

Cada 15 de septiembre, alrededor de las 11 de la noche, el titular del Poder Ejecutivo da el Grito de Independencia, una ceremonia para conmemorar el inicio de la Independencia de México. Es una fecha que genera expectativa sobre la posibilidad de no trabajar, pero ¿qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) al respecto?

La LFT establece nueve fechas de descanso obligatorio para los trabajadores, son días en los que no hay obligación de prestar servicios, salvo de común acuerdo entre empleados y patrones, y otorgando un salario doble adicional a la remuneración ordinaria por el día, el también llamado “pago triple”.

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La legislación laboral también contempla una multa que oscila entre los 5,675 y 565,700 pesos para las empresas que incumplen con esta regla.

Sin embargo, el 15 de septiembre no se encuentra incluido en esa lista de feriados, únicamente el 16 de septiembre. Aunque hay empresas que otorgan el día por buena voluntad, al no estar incluido en los descansos obligatorios de la LFT significa que quienes laboran en esa fecha, sólo perciben su salario ordinario.

La situación es similar a otras fechas que suelen ser otorgadas en algunas empresas, principalmente a nivel corporativo, como el 24 y 31 de diciembre, el 2 de noviembre o el 5 de mayo. Aunque son días en los que hay centros de trabajo suspenden actividades, no se consideran como descanso obligatorio en la legislación laboral.

Si bien el Congreso de la Unión suma siete iniciativas en la actual legislatura para reconocer fechas como el 1 y 2 de noviembre, el viernes y jueves de Semana Santa o el 12 de diciembre, ninguna ha prosperado.

En términos prácticos, la lista de festivos en la LFT no se ha ampliado desde 1987, cuando se reconoció como descanso obligatorio el día de las elecciones. Aunque el año pasado el 1 de octubre se estableció como feriado para los trabajadores, se trató de una sustitución del 1 de diciembre por la transmisión del Poder Ejecutivo.

¿Cuáles son los días de descanso en la LFT?

Como se mencionó previamente, la Ley Federal del Trabajo reconoce sólo nueve días de descanso obligatorio, siete son fijos y dos dependen de las elecciones y el cambio de la Presidencia de la República.

Esta es la lista completa de festivos:

  • El 1 de enero por Año Nuevo
  • El primer lunes de febrero, por el Aniversario de la Constitución (5 de febrero)
  • El tercer lunes de marzo, por el Natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
  • El 1 de mayo por el Día del Trabajo
  • El 16 de septiembre por el Aniversario de la Independencia
  • El 1 de octubre por la transmisión del Poder Ejecutivo
  • El tercer lunes de noviembre por el Aniversario de la Revolución (20 de noviembre)
  • El 25 de diciembre por Navidad
  • Las fechas que determinen las autoridades electorales para elecciones ordinarias.

Luego del 16 de septiembre, los trabajadores en México tendrán sólo dos descansos obligatorios en lo que resta del año: el lunes 17 de noviembre y el jueves 25 de diciembre.

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