7 claves de los lineamientos de la STPS para la Ley Silla

Este 17 de julio entraron en vigor las disposiciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para la implementación de la Ley Silla. Además de los riesgos por trabajar de pie por tiempos extensos, los lineamientos de la dependencia establecen reglas para el diagnóstico de puestos de trabajo más expuestos, características de las sillas que deben proporcionarse y medidas complementarias para la prevención de afectaciones.
Los lineamientos también definen las obligaciones de los trabajadores en la adopción de la Ley Silla y reafirman que las reglas son aplicables en centros de trabajo en el sector de comercio, servicio y análogos, y sólo cuando la naturaleza del trabajo lo permita, en el sector industrial.
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STPS define reglas para prevención de riesgos y el derecho al descanso de la Ley Silla
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¿Qué es la bipedestación prolongada y por qué es clave para la aplicación de la Ley Silla?
Estas son las claves de las disposiciones que fijó la STPS:
1. ¿Para quiénes aplica?
De acuerdo con las disposiciones, el decreto es aplicable a los trabajadores con bipedestación prolongada, la dependencia la define como “la postura de las personas trabajadoras que realizan sus tareas de pie por más de tres horas continuas durante su jornada laboral”.
En ese sentido, en primera instancia, los centros de trabajo deben identificar a las personas que laboran en un estado de bipedestación prolongada.
2. ¿En dónde se coloca la silla?
Una vez que las empresas identificaron a las personas que laboran de pie por más de tres horas continuas, tienen que realizar un diagnóstico para determinar en qué sitio se fijará la silla. Estos son los criterios para definirlo:
- Silla en el lugar de trabajo: La actividad permite que la persona esté sentada mientras presta su servicio.
- Silla cercana al sitio: El trabajador no puede desempeñar tareas sentado, pero el asiento puede estar en un punto cercano.
- Silla en un área específica: La actividad no permite ninguno de los dos escenarios previos y se tiene que destinar un espacio especial en el centro de trabajo para el descanso periódico.
3. Nivel de riesgo
A través de un cuestionario, las compañías deben evaluar el nivel de riesgo (bajo, medio o alto) al que están expuestos los empleados, con base en esta clasificación se tomarán las medidas preventivas y se definirá la silla que se proporcionará.
4. Todo documentado
Los centros de trabajo están obligados a registrar todas las medidas adoptadas, así como los recorridos de verificación que realice la comisión de seguridad e higiene.
En ese sentido, también es importante integrar esta comisión, si es que aún no se cuenta con ella.
5. Características de la silla
La STPS también proporciona las características que deben tomarse en cuenta para las sillas que se usarán para el descanso periódico, estos son los elementos para considerar:
- Respaldo: Proporcionar soporte evitando la fatiga muscular.
- Altura del asiento: Permitir que los pies de la persona toquen el suelo sin que haya tensión en las piernas o en la espalda.
- Soporte lumbar: Permitir la adaptación a la curvatura natural de la columna vertebral, proporcionando apoyo firme pero flexible en la zona lumbar.
- Capacidad de ajuste: Permitir acomodar la altura del asiento, profundidad, inclinación del respaldo, altura y abatimiento de los reposabrazos para adaptarse a las necesidades individuales.
- Ergonomía: Promover una postura saludable y reducir la presión en diferentes partes del cuerpo como espalda, hombros, cuello y pliegue de las piernas.
- Facilidad de movimiento: Contener ruedas o mecanismos de giro que permitan moverse con facilidad sin tener que levantarse constantemente.
- Estabilidad: Evitar que se mueva o incline involuntariamente durante el uso.
- Reposabrazos: Considerar el apoyo a los antebrazos para reducir la tensión en hombros.
- Reposapiés: Contener reposapiés que se pueda extender o retraer y que permita al usuario elevar o bajar las piernas y obtener una mayor comodidad al reclinarse y una mejor circulación.
6. Medidas adicionales
Además de proporcionar las sillas, la Secretaría del Trabajo estableció la obligación de implementar otras medidas para la prevención de riesgos, estas acciones incluyen programas de pausas activas, reacondicionamiento del piso para contar con una superficie que amortigüe y calzado ergonómico.
7. Obligaciones de los empleadores
Los lineamientos también incorporan obligaciones para los trabajadores, estas son:
- Aportar la información que requiera la persona empleadora para determinar las características del asiento, o silla con respaldo
- Participar en la capacitación y adiestramiento para el uso y mantenimiento adecuado del asiento
- Utilizar y cuidar el asiento o silla con respaldo de acuerdo con las indicaciones, instrucciones, procedimientos y capacitación que recibieron
- Revisar las condiciones del asiento o silla con respaldo otorgada
- Informar a la persona empleadora, a través de la comisión de seguridad e higiene sobre anomalías del asiento, con el fin que se proporcione mantenimiento o se reemplace
- Mantener ordenados y limpios sus lugares de trabajo y áreas comunes en donde se ubiquen las sillas.
¿Qué es la Ley Silla?
La Ley Silla es una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), entró en vigor el pasado 17 de junio y reconoce el derecho al descanso durante la jornada laboral a través de la obligación de los empleadores de proporcionar sillas con respaldo para el reposo y prohibir el desarrollo de actividades en postura erguida la totalidad del tiempo de trabajo.
La nueva regulación busca prevenir afectaciones a la salud derivadas de trabajar de pie por tiempos prolongados, tales como várices, fatiga muscular, dolores lumbares, daños en tendones y ligamentos, y diversos trastornos reumáticos.
De acuerdo con una encuesta de OCC, el 45% de las personas que trabaja de pie no recibe ningún tipo de apoyo de sus empleadores para mitigar los efectos negativos. Entre quienes trabajan bajo esta condición, la mitad reporta molestias físicas, como dolores de espalda o cansancio en las piernas.