Trampas de la reforma laboral de plataformas

El discurso oficial, encabezado por la presidenta Sheinbaum, y la regulación laboral para trabajadores de plataformas DiDi, Uber o Rappi, merece un análisis crítico y riguroso. Durante la sección “Detector de Mentiras” en la conferencia de prensa matutina se aseguró que la nueva legislación no impone horarios fijos, no incrementa la carga fiscal y reconoce una relación laboral que antes no existía. Sin embargo, una revisión detallada de la reforma, las disposiciones del IMSS y las reglas para el cálculo del ingreso neto de la Secretaría del Trabajo revelan que la realidad es más compleja y contradictoria con la narrativa oficial.

Es evidente que el gobierno tiene prisa por sumar a los conductores y repartidores que colaboran con dichas plataformas a las estadísticas de nuevos empleos. La prueba piloto para registrar a estos trabajadores al IMSS inició el 1 de julio y apenas 6 días después la Ejecutiva Federal dijo que DiDi no lo había hecho. No existe tal incumplimiento cuando se tiene un plazo de 6 meses.

1. ¿La reforma no obliga a los trabajadores a tener horarios fijos? El oficialismo sostiene que la ley no impone horarios fijos y que cada trabajador define su tiempo de conexión y trabajo en las plataformas. Sin embargo, la reforma laboral introduce mecanismos que, en la práctica, pueden forzar a conductores y repartidores a mantener horarios más rígidos para cumplir con los requisitos del ingreso neto mensual que les permitan acceder a la seguridad social.

Las disposiciones de la Secretaría del Trabajo para el cálculo del ingreso neto establecen que el salario se fijará por tarea, servicio, obra o trabajo realizado, y que el pago contemplará proporcionales de descanso semanal, vacaciones, aguinaldo y horas extras.

El ingreso neto mensual, base para las cuotas obrero-patronales y la seguridad social, se calcula aplicando factores de exclusión al ingreso bruto, según el tipo de herramienta de trabajo utilizada (vehículo, motocicleta, bicicleta…). Si el trabajador no alcanza el ingreso neto mínimo equivalente al salario mínimo mensual de la Ciudad de México, no será sujeto de aseguramiento al IMSS.

Lo anterior implica que, para acceder a los beneficios de la seguridad social, los trabajadores tendrán que cumplir con un umbral de ingresos, es decir, la necesidad de trabajar un número mínimo de horas, lo cual destruye la flexibilidad que caracteriza el modelo de plataformas. La libertad horaria se ve condicionada por la presión de alcanzar el ingreso mínimo requerido para no perder derechos y prestaciones, o sea, horarios más fijos y previsibles.

2. ¿La reforma no aumenta la carga fiscal a los trabajadores? El gobierno afirma que no hay un aumento en la carga fiscal, porque los trabajadores ya cumplen con sus obligaciones del ISR e IVA, algo que no sucede con los taxistas tradicionales, a quienes el gobierno olvidó en su intento de seguridad social. No obstante, la reforma y las reglas del IMSS introducen un nuevo componente: la obligación de pagar cuotas obrero-patronales como condición para acceder a la seguridad social.

Las reglas de la prueba piloto del IMSS especifican que los trabajadores de plataformas digitales deberán cubrir cuotas obrero-patronales calculadas sobre el ingreso neto mensual, después de aplicar los factores de exclusión según la herramienta de trabajo utilizada. Además de los impuestos tradicionales, los conductores y repartidores sí tendrán que destinar un porcentaje de sus ingresos a la seguridad social, una carga económica real y nueva para ellos.

El mecanismo de cálculo es especialmente cuestionable y sin bases objetivas: el ingreso neto se determina a partir del ingreso bruto menos un porcentaje de exclusión (36% para autos, 30% para motocicletas, 12% para bicicletas o sin medio de transporte). No se explica la justificación técnica de dichos porcentajes que, a simple vista, resultan inferiores a los costos de operación.

Precisamente, la organización Repartidores Unidos de México critica que los porcentajes son arbitrarios y no reflejan los costos reales de operación, lo cual elevaría artificialmente la base de cotización y las cuotas al IMSS. Como señala Repartidores Unidos de México, “la publicación no deja claro cómo se llega al 30% o 36%… ¿por qué no 37 o 38? No es claro. Un enfoque sin exclusiones generaría cargas desproporcionadas para todos”.

Si se utiliza el ingreso bruto sin ajustes por gastos reales, las cuotas pueden volverse insostenibles y empujar a muchos trabajadores de vuelta a la informalidad. La falta de transparencia y de un ajuste basado en los costos reales de operación puede llevar a que las contribuciones al IMSS sean excesivas y desincentiven el trabajo en plataformas y la formalidad laboral.

3. ¿Ahora sí los trabajadores tienen una relación laboral? El gobierno celebra que la reforma reconoce una relación laboral subordinada entre conductores/repartidores y las plataformas, lo cual les otorga acceso a derechos y seguridad social. Sin embargo, este “triunfo” ignora una realidad fundamental: la mayoría de los trabajadores de plataformas no buscan una relación de subordinación tradicional, sino mantener la flexibilidad, independencia y libertad que caracteriza el modelo de plataformas, pero con acceso a seguridad social.

En Brasil, la discusión ha planteado modelos más innovadores y realistas. La asociación Amobitec propuso un esquema de “ganancias mínimas” en vez de salario mínimo. Distingue la relación laboral clásica de la naturaleza flexible de las plataformas. La propuesta incluye el pago por hora efectivamente trabajada (no por tiempo conectado), el reconocimiento de costos operativos reales y una verificación mensual de ingresos mínimos. El modelo reconoce la diversidad de situaciones y evita imponer una relación de subordinación que no corresponde a la realidad de la industria.

La reforma laboral para trabajadores de plataformas digitales, lejos de garantizar flexibilidad y derechos, corre el riesgo de imponer rigideces y cargas económicas que contradicen la naturaleza del trabajo en plataformas. La experiencia internacional, como la propuesta de Amobitec en Brasil, demuestra que es posible construir modelos de protección social adaptados a la realidad del sector, sin forzar una relación laboral tradicional ni sacrificar la flexibilidad que buscan los propios trabajadores.

¿Qué puede suceder? La reforma laboral está llevando al precipicio el modelo de negocio de la movilidad. Pueden aumentar los precios al usuario por viajes y entregas. Se contrae el negocio al disminuir la demanda y reducirse los ingresos de las plataformas. Desaparecen los beneficios de la economía colaborativa. Existe el riesgo de que las plataformas aumenten su comisión para generar los ingresos que les permitan sostener la operación.

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