30 años después de Srebrenica, las cortes internacionales tienen mucho por hacer
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Después de la Segunda Guerra Mundial, con el holocausto judío y el lanzamiento de una bomba nuclear, parecía que el horror provocado por la humanidad había alcanzado un límite. Sin embargo, dos hechos ocurridos en la década de 1990 demostraron que no era así. Los genocidios en Ruanda y en Srebrenica, que cumple 30 años este viernes, fueron determinantes para la creación del sistema de tribunales internacionales que funciona en la actualidad.
Para juzgar los crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos en ambos casos se crearon dos tribunales ad hoc: el Tribunal Penal Internacional para Ruanda, con sede en Arusha, Tanzania, y el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, con sede en La Haya, Países Bajos. Ambos ya están disueltos. La creación de estas cortes especiales “reflejó una mayor conciencia de que ciertos crímenes no podían quedar sin castigo”, indicó José Joel Peña, profesor de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) e investigador adscrito al Centro Anáhuac de Investigación en Relaciones Internacionales (CAIRI). Unos años después, en 1998, se adoptó el Estatuto de Roma, con lo que se creó la Corte Penal Internacional (CPI), que entró en funcionamiento hasta 2003. “La creación de esta institución llegó tarde y con un diseño limitado, lo que muestra que la justicia internacional ha sido más reactiva, dependiendo más de la geopolítica que de una verdadera búsqueda de justicia”, señala Peña en entrevista con Expansión. El antecedente de este tribunal, que juzga los crímenes cometidos por particulares, es la Corte Internacional de Justicia, fundada en 1945, tras la Segunda Guerra Mundial, con el fin de resolver litigios entre Estados. “Antes de que existieran estos tribunales permanentes, las violaciones al derecho internacional se juzgaban en tribunales nacionales, si es que esto ocurría. Otras veces se hacían acuerdos temporales entre países”, explica el académico, coordinador del libro Evolución de la justicia global y el derecho internacional.
Tribunales incompletos El gran problema de la Corte Penal Internacional, de acuerdo con el académico, es que no todos los países aceptan su competencia, pues solo puede actuar en aquellas naciones que han ratificado el Estatuto de Roma. “Esto lleva a una justicia selectiva; a veces, se investiga y procesa a líderes de ciertos países, mientras que otros, como grandes potencias como Estados Unidos, China, Rusia e Israel, no están bajo su alcance”, indica. Por ejemplo, la CPI emitió una orden de arresto contra el presidente de Rusia,
Vladimir Putin, por la posible comisión de crímenes de guerra en Ucrania, país al que su ejército invadió en febrero de 2022. El año pasado, este tribunal emitió una
orden de detención contra el primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu, por el conflicto contra Palestina. “Ninguno de los dos ha sido detenido porque sus países no reconocen la autoridad de la CPI o no cooperan con sus decisiones”, apunta el profesor unamita. Incluso, algunos de estos Estados han emprendido acciones para socavar la actuación del tribunal. En febrero, el presidente Donald Trump firmó una orden ejecutiva para imponer sanciones contra la CPI, pues asegura “participa en acciones ilegitimas contra este país y su aliado Israel. “La CPI no tiene jurisdicción sobre Estados Unidos ni Israel, ya que ninguno de los dos países es parte del Estatuto de Roma ni miembro de la CPI. Ninguno de los dos países ha reconocido jamás la jurisdicción de la CPI y ambas naciones son democracias prósperas con ejércitos que se adhieren estrictamente a las leyes de la guerra”, indica Trump en su orden ejecutiva.
Decisiones importantes, pero insuficientes
El gobierno de Estados Unidos prohibió a las cuatro magistradas la entrada en Estados Unidos y congela sus propiedades o haberes en el país, una decisión que fue inmediatamente rechazada por el tribunal internacional. Además, la CPI carece de mecanismos para hacer cumplir sus decisiones, lo que agrava la situación, ya que dependen de la buena voluntad de los Estados para ejecutar sus decisiones. “Las órdenes de arresto de la CPI contra líderes como Vladimir Putin o Benjamín Netanyahu no se han llevado a cabo porque los países implicados no reconocen la autoridad de la Corte y no están dispuestos a seguir sus resoluciones. Esto muestra lo difícil que es hacer cumplir muchas decisiones, que a menudo terminan siendo solo declaraciones simbólicas”, acusa Peña. Tanto la CPI como la CIJ se involucraron en casos clave en la historia reciente del derecho internacional, aunque a veces con decisiones polémicas. Por ejemplo, la CPI atendió un caso en 2004 en Uganda, donde se juzgó a líderes del Ejército de Resistencia del Señor por usar sistemáticamente la violencia sexual y reclutar niños a la fuerza. “También está el caso de la República Democrática del Congo, que mostró cómo el cuerpo femenino se usó como un campo de batalla. Otro caso relevante es el de Sudán (Darfur), donde acusaron a altos funcionarios, incluido el presidente Omar al-Bashir, por genocidio”, enumera Peña. Sin embargo, al igual que en los casos de Putin y Netanyahu, muchos de estos individuos siguen libres, protegidos por la falta de cooperación de los Estados. Por su parte, la CIJ dio fallos importantes u opiniones consultivas en casos como el de la construcción del muro en los territorios ocupados de Palestina en 2004, donde se encontró que Israel violaba el derecho internacional humanitario. También está el fallo sobre la responsabilidad de Serbia en el genocidio de Srebrenica en 2007, que fue un avance en reconocer que los Estados pueden ser responsables por crímenes graves. “Aunque estos casos han ayudado a desarrollar el derecho internacional, también han puesto de manifiesto los límites prácticos de estos tribunales. La ejecución de sus decisiones sigue dependiendo de la voluntad de los países, lo que hace que su impacto real sea limitado”, dice Peña.
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