Diputados avalan la reforma a Ley Antilavado; acusan sobrerregulación, excesos y riesgos

Diputados avalan la reforma a Ley Antilavado; acusan sobrerregulación, excesos y riesgos

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, tanto en lo general como en lo particular, la reforma a la Ley Antilavado, que modifica la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), así como el Código Penal Federal. 

La sesión se llevó a cabo en medio de una discusión apresurada y con acusaciones por parte de la oposición, que señaló un exceso de regulación, riesgos para las libertades individuales y falta de claridad en algunos alcances de la iniciativa.

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Con 349 votos a favor, 38 en contra y 91 abstenciones, el pleno avaló en lo particular la reforma a la Ley Antilavado, impulsada por el senador morenista Javier Corral, que busca atender las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), quien este año evaluará a México en cuestión de prevención de Lavado de Dinero y financiamiento al terrorismo.

De esta manera, la minuta pasa al Ejecutivo federal.

“La ampliación de obligaciones a nuevos sectores, como desarrolladores inmobiliarios, proveedores de activos virtuales y profesionales jurídicos podría propiciar un entorno de incertidumbre, especialmente para las pymes… imponerles nuevas cargas, sin un periodo de adaptación, ni programas de capacitación podría llevarles a la informalidad o a la parálisis”, aseveró el panista César Augusto Rendón.

Otro tema que causó es la adhesión y definición del concepto de “persona políticamente expuesta”. De acuerdo con la reforma, este concepto se refiere a la persona física que desempeña o ha desempeñado funciones públicas en territorio nacional o en un país extranjero, así como a las personas relacionadas con ellas que cumplan con las condiciones y características que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) establezca en reglas o disposiciones de carácter general.

“Nos preocupa que esta reforma deje en manos de Hacienda, según el artículo 3, la definición de quién es una persona políticamente expuesta, las cuales podrán ser objeto de vigilancia, reportes, monitoreo, intercambio de datos y quizás hasta congelamiento de cuentas. Todo sin controles judiciales efectivos. La ley no lo aclara y lo delega a reglas secundarias, por lo que el margen se vuelve riesgoso, porque no sólo se trata de servidores públicos que ocupan cargos relevantes, eso sería relativamente entendible, sino también de personas cercanas, familiares, socios, allegados o incluso colaboradores”, acusó la diputada Iraís Reyes de la Torre, de Movimiento Ciudadano.

En este sentido, agregó que cuando esta definición se da sin límites claros, se puede usar con discrecionalidad y, por ende, hay riesgo de persecución.

La reforma plantea modificaciones como ampliar el concepto de beneficiario controlador; definición de las Organizaciones Sin Fines de Lucro; se actualiza la definición de relación de negocios; amplía la lista de actividades vulnerables e incorpora la definición de personas políticamente expuestas.

Además, establece un régimen simplificado de identificación para clientes públicos; la implementación de capacitación y auditorías; monitoreo y evaluación de riesgos; cooperación de Hacienda con la Guardia Nacional y otras instituciones; así como la protección de la identidad de los encargados de cumplimiento.

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También impulsa sistemas automatizados de gestión de riesgos; auditorías externas e internas; se amplían obligaciones de reportes, así como las obligaciones para notarios y corredores; se incorpora la UMA; se fortalecen las sanciones y se reconoce a la UIF como víctima.

Esta reforma se da a la par de los señalamientos por parte del Departamento del Tesoro de Estados Unidos a CIBanco, Intercam y Vector por lavado de dinero.

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