Derechos de la comunidad trans: Acceso a la identidad de género en México

En México, la identidad de género como derecho está respaldada por la Constitución (Art. 1), que prohíbe la discriminación, y por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que desde 2019 ha establecido que el reconocimiento debe ser posible mediante trámite administrativo, sin necesidad de cirugía, diagnóstico psicológico ni orden judicial.
Esto sienta una base sólida: desde entonces existe un consenso de que debe facilitarse el reconocimiento legal del género autopercibido. Sin embargo, cada entidad federativa tiene la facultad de legislar localmente.
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Pese a este precedente; todavía 10 estados no cuentan con la legislación correspondiente para garantizar el acceso efectivo a este derecho, ya sea debido a que no existe el procedimiento administrativo o porque existe, pero no está reconocido en las leyes locales.
Aunque en los últimos años se ha avanzado de manera importante en los derechos de la comunidad trans, todavía es una de las más vulnerables y discriminadas tanto en el ámbito público como en el ámbito privado.