Recomiendan cumplir con reparto de utilidades y administrar con cautela
TIJUANA, MAYO 17,2025.-El reparto de utilidades representa una de las prestaciones laborales más esperadas del año, la cual corresponde al 10% de las ganancias generadas por las empresas durante el ejercicio fiscal anterior, por lo que es importante cumplir en tiempo y forma de acuerdo a lo que establece la Ley Federal del Trabajo.
Lo anterior lo indicó el C.P.C. Jorge Torres Sánchez, expresidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos (AMCP) de Tijuana, quien explicó que las empresas constituidas como personas morales deben cumplir con esta obligación a más tardar el 31 de mayo, mientras que las personas físicas tienen como fecha límite el 30 de junio.
“Es el 10% de las utilidades y se divide en dos partes, una con base en los días trabajados y otra en los salarios percibidos, pero, actualmente, existe un límite para el trabajador, que impide recibir más allá de tres meses de salario o el promedio de los últimos tres años, lo que resulte más alto”, señaló.
Esta limitación, dijo, aunque promovida como una medida a favor del trabajador, ha reducido el monto efectivo que algunos empleados reciben, lo que ha generado inconformidad, sin embargo, el especialista subrayó que esta condición fue establecida por una reforma legal y no por decisión directa del patrón.
En ese tenor, Torres Sánchez también aconsejó a los trabajadores revisar que el monto recibido sea correcto y, en caso de duda, solicitar a la empresa el acceso a la declaración anual, documento al que tienen derecho para conocer el resultado fiscal, al tiempo que recomendó hacerlo mediante el área de contabilidad y evitar conflictos innecesarios con el empleador.
“Espero que los trabajadores reciban su reparto con ánimo y responsabilidad, porque la situación económica no es alentadora y es muy importante administrarlo bien, ya que no se vislumbra una recuperación económica en el corto plazo”, advirtió el contador.
Además, el experto recordó que los trabajadores que hayan laborado durante 2024, incluso si ya no están en la empresa, conservan el derecho a recibir utilidades, siempre y cuando hayan trabajado al menos 60 días en el año, por lo que las empresas deben informar públicamente las fechas y lugares de pago mediante anuncios visibles o publicaciones.
Finalmente, el C.P.C. Jorge Torres exhortó al sector empresarial a cumplir puntualmente con esta obligación y evitar sanciones por omisión, toda vez que las autoridades laborales han intensificado las inspecciones.