Esta es la fecha límite para el pago de utilidades 2025
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Si trabajaste por salario durante 2024, debes recibir una parte proporcional de las ganancias de tu empleador. La ley reconoce tu participación directa en la generación de esas utilidades. El reparto aplica sin importar si sigues trabajando o si ya terminaste tu relación laboral. Tienes un plazo definido para recibir el pago y otro más amplio para exigirlo si no llega.
Qué son y por qué deben pagarte utilidades Fecha límite para el pago de utilidades 2025 Trabajadores con derecho a recibir utilidades en 2025
Las utilidades son una parte de las ganancias que generan las empresas y que deben compartirse con las personas trabajadoras. Es un derecho previsto en el artículo 123 de la Constitución. La Profedet explica que se calculan así: “una mitad por los días trabajados y la otra mitad por el monto del salario percibido”. Es decir, tu esfuerzo y tu salario influyen directamente en lo que te toca. El reparto aplica a quienes trabajaron bajo relación subordinada, ya sea de forma permanente o eventual, durante el año anterior. Si trabajas para una empresa, deben pagarte entre el 1 de abril y el 30 de mayo de 2025. Si trabajas para una persona física, el plazo va del 1 de mayo al 29 de junio. Estos plazos están establecidos en la Ley Federal del Trabajo. Si no recibes el pago dentro del periodo, puedes presentar una queja. La Profedet aclara: “Como persona trabajadora tienes hasta un año para solicitar tus utilidades” en caso de que no te las entreguen en tiempo. Tienes derecho si trabajaste al menos 60 días durante 2024 en la empresa o con la persona empleadora. Esto aplica aunque ya no estés laborando ahí actualmente. También recibes si estuviste en servicio activo, con incapacidad temporal, en licencia de maternidad o si tomaste un permiso de paternidad, según indica la Profedet. Quedan fuera los directivos, socios, accionistas, y quienes prestan servicios independientes o sin contrato laboral formal.
Qué hacer si no te pagan utilidades
La Profedet brinda asesoría gratuita en todo el país. Puedes acudir a sus oficinas, llamar por teléfono o enviar un correo electrónico. Nadie puede cobrarte por ese servicio. La dependencia señala: “Todos los servicios ofrecidos por esta institución son gratuitos”. Si alguien intenta cobrarte, puedes denunciarlo al correo quejasdelservicio@stps.gob.mx o al 55 5998 2000 ext. 44750 y 44917. También puedes recibir orientación en la oficina central en la CDMX (Dr. José María Vértiz 211, Doctores, Cuauhtémoc), en cualquiera de sus sedes nacionales, en los teléfonos 800 911 7877 y 800 717 2942, o por correo a orientacionprofedet@stps.gob.mx.
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